{"id":1680,"date":"2019-11-07T16:37:42","date_gmt":"2019-11-08T00:37:42","guid":{"rendered":"http:\/\/serr.disabilityrightsca.org\/?page_id=1680"},"modified":"2020-08-06T15:29:35","modified_gmt":"2020-08-06T22:29:35","slug":"1-37-mi-hijo-tiene-problemas-persistentes-de-conducta-el-distrito-escolar-tiene-algun-tipo-de-responsabilidad-de-tratar-tales-problemas","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/serr.disabilityrightsca.org\/sp\/serr-manual\/capitulo-1-informacion-sobre-derechos-fundamentales\/1-37-mi-hijo-tiene-problemas-persistentes-de-conducta-el-distrito-escolar-tiene-algun-tipo-de-responsabilidad-de-tratar-tales-problemas\/","title":{"rendered":"(1.37) Mi hijo tiene problemas persistentes de conducta. \u00bfEl distrito escolar tiene alg\u00fan tipo de responsabilidad de tratar tales problemas?"},"content":{"rendered":"\n<p>S\u00ed. Si su hijo tiene conductas que interfieren con su aprendizaje o el de otro ni\u00f1o, la ley federal exige que el equipo del IEP considere qu\u00e9 estrategias y apoyos conductuales y otros servicios se necesitan para que se beneficie de una educaci\u00f3n en el entorno menos restrictivo (LRE). [34 C.F.R. Sec. 300.324(a)(2),(b)(2)]. Redacte una carta a la escuela de su hijo donde les informe de su obligaci\u00f3n de determinar los objetivos y los servicios relacionados con las necesidades relativas a la conducta de su hijo en su IEP.<\/p>\n\n\n\n<p>El distrito escolar debe brindar el tipo de evaluaci\u00f3n, plan, servicios y apoyos que el equipo del IEP de su hijo determine que son necesarios para ayudarlo con su conducta en la escuela, de manera que pueda beneficiarse de la educaci\u00f3n y no deba trasladarse a un entorno m\u00e1s restrictivo, por ejemplo, un programa de tratamiento diario o una clase especial de d\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>El IEP de su hijo debe incluir una declaraci\u00f3n\nde los servicios de educaci\u00f3n especial y los servicios relacionados y las\nasistencias y los servicios complementarios que recibir\u00e1, adem\u00e1s de una\ndeclaraci\u00f3n de los objetivos de la conducta anuales y mensurables dise\u00f1ados\npara abordar sus necesidades relacionadas con la conducta. [34 C.F.R. Sec.\n300.320(a)(2),(4)]. Si la conducta interfiere con el aprendizaje o la\npermanencia de su hijo en una clase general o en un entorno menos restrictivo,\nsu IEP debe contener una declaraci\u00f3n de los servicios de apoyo conductual que\nnecesita. [Cal. Ed. Code Sec. 56364.2].<\/p>\n\n\n\n<p>Si la escuela reconoce que su hijo tiene necesidades de conducta, y el IEP no incluye los apoyos y las estrategias necesarios para tratarlas, o bien no establece los objetivos relacionados con la conducta de su hijo, debe primero redactar una carta a su escuela en la que les informe de su deber de desarrollar los objetivos y los servicios conductuales en el IEP de su hijo. Si no recibe respuesta, entonces puede considerar la posibilidad de presentar un reclamo de cumplimiento ante el Departamento de Educaci\u00f3n de California (CDE). Si el IEP de su hijo contiene servicios, apoyos y estrategias para abordar estas necesidades de conducta, pero, no obstante, no son efectivos, su distrito debe solicitar un IEP. Sin embargo, puede solicitar un IEP usted mismo para abordar la falta de progreso de su hijo. Puede considerar la posibilidad de presentar una solicitud de audiencia de debido proceso. [Consulte el <a href=\"https:\/\/serr.disabilityrightsca.org\/sp\/serr-manual\/chapter-6-informacion-sobre-el-debido-proceso-y-los-procedimientos-de-cumplimiento\/\">cap\u00edtulo 6, <em>Informaci\u00f3n sobre el debido proceso y los procedimientos de cumplimiento<\/em>].<\/a><br><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>S\u00ed. 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