{"id":2620,"date":"2019-12-27T10:56:59","date_gmt":"2019-12-27T18:56:59","guid":{"rendered":"https:\/\/serr.disabilityrightsca.org\/?page_id=2620"},"modified":"2024-07-23T14:40:40","modified_gmt":"2024-07-23T21:40:40","slug":"15-1-mi-hijo-tiene-problemas-persistentes-de-conducta-el-distrito-escolar-tiene-algun-tipo-de-responsabilidad-de-tratar-tales-problemas","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/serr.disabilityrightsca.org\/sp\/serr-manual\/capitulo-15-informacion-sobre-los-derechos-de-los-alumnos-con-necesidades-conductuales-y-los-que-sufren-acoso-escolar\/15-1-mi-hijo-tiene-problemas-persistentes-de-conducta-el-distrito-escolar-tiene-algun-tipo-de-responsabilidad-de-tratar-tales-problemas\/","title":{"rendered":"(15.1) Mi hijo tiene problemas persistentes de conducta. \u00bfEl distrito escolar tiene alg\u00fan tipo de responsabilidad de tratar tales problemas?"},"content":{"rendered":"\n<p>S\u00ed. Si su hijo tiene conductas que interfieren con su aprendizaje o el de otro ni\u00f1o, la ley federal exige que el equipo del Programa de Educaci\u00f3n Individualizada (Individualized Education Program, IEP) considere qu\u00e9 estrategias, apoyos conductuales y otros servicios se necesitan para que se beneficie de una educaci\u00f3n en el entorno menos restrictivo (least restrictive environment, LRE). [34 C.F.R. Sec. 300.324(a)(2),(b)(2)]. Si le preocupa la conducta de su hijo en la escuela, env\u00ede una carta a esta para solicitar que el distrito escolar eval\u00fae la conducta de su hijo y para informarle a la instituci\u00f3n que tiene el deber de determinar los objetivos y los servicios relacionados con las necesidades conductuales de su hijo en su IEP.<\/p>\n\n\n\n<p>El distrito escolar tiene el deber legal de identificar y\nbrindar el tipo de evaluaci\u00f3n, de plan educativo y de servicios o apoyos que el\nequipo del IEP considere necesarios para asistir a su hijo con su conducta en\nla escuela. Estos servicios y apoyos se brindan a los fines de que su hijo\npueda beneficiarse de la educaci\u00f3n y no deba cambiarse a un entono m\u00e1s\nrestrictivo, como una clase especial o un programa de tratamiento de d\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p>El IEP de su hijo debe incluir una declaraci\u00f3n de los servicios de educaci\u00f3n especial y los servicios relacionados y las asistencias y los servicios complementarios que recibir\u00e1. Esto incluye una declaraci\u00f3n de los objetivos de conducta anuales y mensurables dise\u00f1ados para abordar sus necesidades relacionadas con la conducta. [34 C.F.R. Sec. 300.320(a)(2),(4)]. Si la conducta interfiere con el aprendizaje o la permanencia de su hijo en una clase com\u00fan o en un entorno menos restrictivo, su IEP debe contener una declaraci\u00f3n de los servicios de apoyo conductual que necesita. [Cal. Ed. Code Sec. 56364.2]. Este informe de servicios se denomina plan de apoyo de la conducta (behavioral support plan, BSP) y puede incluir t\u00e9cnicas de manejo de la conducta, la dotaci\u00f3n necesaria de personal y otros servicios de apoyo en pos de los objetivos de conducta de su hijo.<\/p>\n\n\n\n<p>Si la escuela de\nsu hijo concuerda con que tiene necesidades conductuales y el IEP no incluye\napoyos o estrategias para abordar la conducta o no determina objetivos\nrelacionados con esta, es posible que la instituci\u00f3n le est\u00e9 negando una\neducaci\u00f3n gratuita, apropiada y p\u00fablica (free, appropriate, public education,\nFAPE). Podr\u00eda considerar presentar un reclamo ante el Departamento de Educaci\u00f3n\nde California (California Department of Education, CDE). No obstante, tambi\u00e9n\npuede considerar la posibilidad de presentar una solicitud de audiencia de\ndebido proceso. Consulte el cap\u00edtulo 6, <em>Informaci\u00f3n sobre el debido proceso y los\nprocedimientos de cumplimiento<\/em>.<\/p>\n\n\n\n<p>Si el IEP de su\nhijo contiene servicios, apoyos y estrategias para abordar estas necesidades de\nconducta, pero, no obstante, no son efectivos, su distrito debe solicitar un\nIEP para analizar servicios de comportamiento adicionales o distintos que ser\u00e1n\nefectivos. [Cal. Ed. Code Sec. 56343(b)]. Sin embargo, puede solicitar una\nrevisi\u00f3n del IEP usted mismo para abordar la falta de progreso de su hijo.\n[Cal. Ed. Code Sec. 56343.5].<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>S\u00ed. 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