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(11.25) Si mi hijo recibe un certificado de mérito o de finalización de estudios, ¿puede participar en la ceremonia de graduación y en las actividades relacionadas?

(11.25) Si mi hijo recibe un certificado de mérito o de finalización de estudios, ¿puede participar en la ceremonia de graduación y en las actividades relacionadas?

Según la ley estatal, un estudiante que recibe un certificado de logros o de finalización de estudios tiene derecho a participar en las ceremonias de graduación y en cualquier actividad escolar relacionada con la graduación.1 Los distritos pueden, pero no están obligados, a otorgar un certificado de logros o de finalización de estudios.2 Sin embargo, si la participación en actividades relacionadas con la graduación está especificada en el Programa de Educación Individualizado (IEP) de su hijo/a (como parte de su participación en actividades integradas en la escuela), el distrito debe implementar el IEP y permitirle participar en las actividades de graduación, independientemente de si recibe o no un certificado de finalización de estudios o de logros. Debe abordar esta participación en el IEP, comenzando con la discusión sobre la transición, a los 16 años o antes. Esto garantizará tiempo suficiente para tomar las medidas necesarias y resolver cualquier desacuerdo antes de la ceremonia de graduación.

  1. Código de Educación de California, Sección 56391[]
  2. Código de Educación de California, Sección 56390[]