- (5.1) ¿Qué son los servicios relacionados?
- (5.2) ¿Cómo define la ley federal de educación especial los servicios relacionados?
- (5.3) ¿California proporciona los mismos servicios relacionados que se encuentran disponibles conforme la ley federal?
- (5.4) ¿Los distritos escolares son responsables de la provisión, cuidado o reemplazo del dispositivo implantado quirúrgicamente de un niño, tales como un implante coclear?
- (5.5) ¿Los padres deben abonar los servicios relacionados?
- (5.6) ¿Cuál es la diferencia entre los “servicios relacionados” y los “servicios e instrucción designados” (DIS)?
- (5.7) ¿Qué significa la expresión “necesarios para ayudar a que un niño con una discapacidad se beneficie de la educación especial”?
- (5.8) ¿Cuál sería un ejemplo de un servicio necesario que no es considerado “relacionado” para la educación?
- (5.9) ¿Cuándo puede mi hijo obtener transporte en concepto de servicio relacionado?
- (5.10) Si mi hijo asiste a una escuela subvencionada, ¿puede recibir servicios de transporte y todos los demás servicios relacionados?
- (5.11) ¿Puede el distrito escolar negarse a proporcionar transporte a mi hijo fuera del distrito?
- (5.12) ¿Puede un distrito dejar de proporcionar transporte si mi hijo asiste a clases normales?
- (5.13) ¿Puede un distrito limitar el transporte solo a aquellos alumnos que viven a una distancia mínima especificada desde el lugar donde se encuentra la escuela (por ejemplo, dos millas)?
- (5.14) ¿Puede un distrito requerir a los padres que proporcionen transporte, en el caso de que fueran capaces de hacerlo?
- (5.15) ¿Cuándo puede recibir mi hijo terapia ocupacional o física en concepto de servicio relacionado?
- (5.16) ¿En qué supuestos puede mi hijo obtener asesoramiento psicológico u otros servicios de salud mental como servicio relacionado?
- (5.17) ¿Puede el distrito escolar negar los servicios de habla y lenguaje a mi hijo, sobre la base de los criterios de elegibilidad de tales servicios para la educación especial?
- (5.18) ¿Cuándo puede recibir mi hijo terapia del habla o lenguaje en concepto de servicio relacionado?
- (5.19) ¿Puede el distrito limitar las sesiones semanales de terapia del habla, ocupacional o física basándose solo en que dispone de un solo terapeuta dentro de su personal?
- (5.20) ¿Puede mi hijo obtener servicios de comunicación y equipamiento, cuando no sabe hablar ni comunicarse de manera verbal?
- (5.21) ¿Puede mi hijo recibir terapia oftalmológica como servicio relacionado?
- (5.22) ¿Puede mi hijo obtener servicios de asesoramiento?
- (5.23) ¿Puede mi hijo obtener servicios psicológicos?
- (5.24) ¿Existe algún servicio de asesoramiento o capacitación que puedan obtener los padres a través del distrito escolar?
- (5.25) ¿Mi hijo debe ser diagnosticado como “perturbado emocionalmente” a los fines de recibir servicios psicológicos o de asesoramiento?
- (5.26) ¿Cuáles son los servicios de salud escolar?
- (5.27) ¿Quién es responsable de brindar los servicios de salud?
- (5.28) Mi hijo necesita asistencia médica domiciliaria a los fines de asistir a la escuela. ¿Puede recibir la ayuda de una agencia de tipo no educativo?
- (5.29) ¿Mi hijo debe asistir a ciertos establecimientos educativos especializados o designados para recibir los servicios de salud necesarios en la escuela?
- (5.30) Mi hijo necesita servicios de salud para asistir a la escuela, pero el distrito me dijo que no debe brindarlos debido a que son de carácter “médico”. ¿Es verdad?
- (5.31) ¿Puede el distrito requerir que asista a la escuela con mi hijo para brindar los servicios relacionados con la salud?
- (5.32) ¿Qué se debe escribir en el IEP de mi hijo en relación con los servicios relacionados?
- (5.33) Si mi hijo es colocado a tiempo completo en un salón de clases regular, ¿tiene derecho a recibir servicios relacionados?
- (5.34) ¿Los distritos son responsables de proporcionar servicios paraprofesionales (acompañante terapéutico)?
- (5.35) ¿Qué puedo hacer si mi hijo no recibe un servicio relacionado, según lo indicado en el IEP, debido a que el proveedor de servicios no está presente?
- (5.36) ¿Los distritos escolares son responsables de proporcionar servicios no académicos?
- (5.37) ¿Es necesario que mi hijo sea diagnosticado como perturbado emocionalmente para tener derecho a una colocación en residencias?
- (5.38) Mi hijo fue colocado en una escuela privada conforme a un IEP. ¿Puede recibir servicios relacionados del distrito escolar si necesita de ellos para beneficiarse de la educación y tales servicios no están disponibles en la escuela privada, incluidas las escuelas religiosas?
- (5.39) Si coloco a mi hijo en una escuela privada matriculada por mi cuenta, ¿el distrito escolar debe proporcionar los servicios relacionados?
- (5.40) Mi hijo tiene problemas persistentes de conducta. ¿El distrito escolar tiene algún tipo de responsabilidad de tratar tales problemas?
- (5.41) ¿Se requiere a los distritos que realicen una evaluación de análisis funcional (functional analysis assessment, FAA) y desarrollen un plan de intervención en la conducta positiva (behavior intervention plan, BIP)?
- (5.42) ¿Cómo puedo obtener los servicios de evaluación de la conducta que necesita mi hijo?
- (5.43) ¿Cuándo el distrito escolar puede utilizar para mi hijo una intervención de emergencia en la conducta, como la reclusión y restricción?
- (5.44) ¿Los distritos tiene prohibido implementar cualquier tipo de intervención de emergencia en el comportamiento?
- (5.45) Si un distrito escolar utiliza intervenciones de emergencia en el comportamiento, tales como restricciones físicas sobre mi hijo, ¿qué debe hacer el distrito escolar y qué debo hacer yo?
- (5.46) ¿En qué otro lugar puedo buscar asesoramiento sobre la obligación de una escuela de proporcionar servicios de comportamiento?
- (5.47) ¿Qué es la tecnología asistencial?
- (5.48) ¿Cómo puedo determinar si una tecnología asistencial es necesaria como servicio relacionado?
- (5.49) ¿Puede utilizar mi hijo un equipo de tecnología asistencial fuera del ámbito escolar?
- (5.50) ¿Quién debe pagar los dispositivos de tecnología asistencial?
- (5.51) Mi hijo es alumno de educación especial, pero debe recibir educación en el hogar durante un tiempo debido a cuestiones de salud relacionadas con su discapacidad. El distrito manifiesta que prestará instrucción en el hogar durante una hora por día, sin incluir los servicios relacionados. ¿Puede hacer esto el distrito?
- (5.52) Carta de muestra para el distrito escolar mediante la cual se solicite una evaluación funcional independiente de la conducta financiada por el Estado