Los programas de educación especial en California se rigen por una combinación de leyes estatales y federales. Conforme a estas leyes, los distritos escolares deben brindar una educación pública, adecuada y gratuita (free, appropriate public education, FAPE) a todos los alumnos con discapacidades. La FAPE hace referencia a los servicios de educación especial y servicios relacionados financiados por el Estado y que se ofrecen sin cargo, que cumplen con los estándares pertinentes, que incluyen desde el nivel preescolar hasta la educación secundaria y que se ajustan a un Plan de Educación Individualizada (Individualized Education Program, IEP). [Title 20 United States Code (U.S.C.) Section (Sec.) 1401(9); Title 34, Code of Federal Regulations (C.F.R.) Sec. 300.17]. La educación especial debe brindarse en el entorno menos restrictivo (least restrictive environment, LRE). Esto significa que, en la máxima medida posible, todos los alumnos con discapacidades deben recibir educación junto con alumnos que no tienen discapacidades. [34 C.F.R. Sec. 300.114]. Además, la FAPE exige que los alumnos de educación especial participen y progresen en el programa de estudios de educación general con el fin de alcanzar los objetivos de su IEP. [20 U.S.C. Sec. 1414(d)(1)(A); 34 C.F.R. Sec. 300.320(a)(1)].
- (1.1) Oigo hablar mucho acerca de las leyes y los reglamentos federales y estatales. ¿Cuál es la diferencia?
- (1.2) ¿Cuál es la definición de educación especial?
- (1.3) ¿De qué manera puedo lograr que el distrito escolar evalúe a mi hijo?
- (1.4) ¿Cuánto tiempo demorará el distrito en completar la evaluación de mi hijo?
- (1.5) ¿Un distrito escolar puede llevar a cabo una evaluación sin mi consentimiento escrito?
- (1.6) ¿Qué debe abarcar una evaluación?
- (1.7) ¿Cuáles son las normas para las herramientas y las pruebas de evaluación?
- (1.8) ¿La evaluación debe realizarse en la lengua materna de mi hijo?
- (1.9) ¿Tengo derecho a revisar o a obtener copias de los registros escolares de mi hijo?
- (1.10) Si no estoy de acuerdo con la evaluación del distrito escolar, ¿le podría solicitar a este que pague una evaluación independiente?
- (1.11) ¿Puedo brindarle al distrito escolar una evaluación independiente de un evaluador calificado que no sea empleado del distrito? ¿El distrito escolar está obligado a considerar la evaluación independiente?
- (1.12) ¿Con qué frecuencia se deben llevar a cabo las evaluaciones de un alumno con una discapacidad?
- (1.13) ¿Cómo es el proceso de evaluación conforme al artículo 504? Es igual al proceso de evaluación para recibir educación especial?
- (1.14) ¿Quién reúne los requisitos para acceder a la educación especial conforme a la ley federal y estatal?
- (1.15) ¿Cuáles son los criterios de elegibilidad para los niños de entre tres y cinco años?
- (1.16) Si mi hijo no cumple con los criterios de elegibilidad para la educación especial, ¿existe alguna otra manera de obtener algunos servicios especiales para tratar los problemas educativos?
- (1.17) ¿Qué es el caso Endrew F. de la Corte Suprema? ¿Por qué fue una decisión importante en cuanto a la educación especial?
- (1.18) ¿Cuáles son las resoluciones fundamentales del caso Endrew F.?
- (1.19) ¿De qué manera las resoluciones del caso Endrew F. afectan el modo en que el distrito escolar desarrolla el IEP de mi hijo?
- (1.20) ¿Cómo es un programa de educación especial “adecuado”?
- (1.21) ¿Qué es un programa de educación individualizada (IEP) y cómo puedo solicitar uno para mi hijo?
- (1.22) ¿Qué derechos tengo en el proceso del IEP?
- (1.23) ¿Con cuánta frecuencia se organizan reuniones del IEP?
- (1.24) ¿Quién debe asistir a la reunión del equipo del IEP y qué se supone que los miembros deben contribuir a la reunión?
- (1.25) ¿Puedo llevar un defensor o abogado a una reunión del IEP?
- (1.26) Si necesito un intérprete en la reunión del IEP, ¿se me debe proporcionar uno?
- (1.27) ¿Qué es una notificación previa por escrito?
- (1.28) ¿El IEP de mi hijo debe reconocer su participación en el programa de estudios general, sin importar la naturaleza y gravedad de su discapacidad y el entorno en el que es educado?
- (1.29) ¿Debo firmar el IEP en la reunión del IEP?
- (1.30) ¿De qué manera las asistencias y los servicios complementarios pueden ayudar a mi hijo en el aula común?
- (1.31) ¿Cómo puede mi hijo calificar para los servicios del “año escolar extendido” (ESY)?
- (1.32) ¿Puedo grabar una reunión del IEP?
- (1.33) ¿Qué son los servicios relacionados?
- (1.34) Mi hijo necesita servicios de salud para asistir a la escuela, pero el distrito me dijo que no debe brindarlos debido a que son de carácter “médico”. ¿Es verdad?
- (1.35) ¿Los distritos son responsables de proporcionar servicios paraprofesionales (acompañante terapéutico)?
- (1.36) ¿En qué supuestos puede mi hijo obtener asesoramiento psicológico u otros servicios de salud mental como servicio relacionado?
- (1.37) Mi hijo tiene problemas persistentes de conducta. ¿El distrito escolar tiene algún tipo de responsabilidad de tratar tales problemas?
- (1.38) ¿Qué es la tecnología asistencial?
- (1.39) ¿Qué es una audiencia de debido proceso?
- (1.40) ¿Qué es un reclamo de cumplimiento?
- (1.41) ¿Cuál es la diferencia entre un reclamo de cumplimiento y una audiencia de debido proceso?
- (1.42) ¿Quién puede presentar un reclamo de cumplimiento?
- (1.43) ¿Existe un límite de tiempo para presentar un reclamo de cumplimiento?
- (1.44) ¿Qué sucede cuando el CDE determina que un distrito se encuentra en incumplimiento?
- (1.45) ¿Puedo presentar un reclamo ante algún otro organismo?
- (1.46) ¿Existen otras oportunidades para resolver mi reclamo antes de que se realice la audiencia propiamente dicha?
- (1.47) ¿Qué es una conferencia de mediación?
- (1.48) ¿Qué sucede con la colocación y los servicios de mi hijo si solicito una audiencia de debido proceso?
- (1.49) ¿Qué derechos tengo en el debido proceso?
- (1.50) ¿Existe algo que pueda hacer para que se me reembolse o de otro modo compense por el incumplimiento del distrito de proporcionar la FAPE a mi hijo?
- (1.51) ¿Existe alguna limitación para reclamar un reembolso o educación compensatoria en California?
- (1.52) ¿Qué significa entorno menos restrictivo (LRE)?
- (1.53) ¿Qué asistencias y servicios complementarios están disponibles para ayudar a mi hijo en el aula común?
- (1.54) Si mi hijo no puede beneficiarse del programa académico general, ¿puede participar en otros programas escolares?
- (1.55) ¿El carácter o la gravedad de la discapacidad de mi hijo puede utilizarse para justificar su segregación del entorno educativo general?
- (1.56) ¿Los requisitos del LRE se aplican a los niños en edad preescolar? Si mi distrito no ofrece un programa de preescolar para niños sin discapacidades, ¿mi hijo podrá integrarse con niños sin discapacidades?
- (1.57) ¿En qué circunstancias podrían suspender o expulsar de la escuela a mi hijo con una discapacidad?
- (1.58) ¿Qué es una reunión para la “determinación de manifestación”?
- (1.59) Si no estoy de acuerdo con la recomendación del equipo del IEP de expulsar a mi hijo según la determinación de manifestación, ¿puedo objetar la recomendación?
- (1.60) ¿Hay algún caso en el que la escuela pueda modificar la colocación de mi hijo de inmediato?
- (1.61) ¿El distrito debe continuar brindándole servicios de educación especial a mi hijo si lo suspenden por más de 10 días o si lo expulsan?
- (1.62) ¿Existen normas especiales que rijan las medidas disciplinarias para los alumnos que tienen una discapacidad conforme al artículo 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973?
- (1.63) ¿Qué puedo hacer si los maestros u otros miembros del personal escolar abusan física o emocionalmente de mi hijo?
- (1.64) ¿Qué son los servicios relacionados entre organismos?
- (1.65) ¿El AB 3632 es la única vía para que un alumno de educación especial de California pueda recibir terapia física u ocupacional?
- (1.66) ¿Qué alumnos reciben sus servicios de terapia física u ocupacional por parte de CCS?
- (1.67) ¿Quién toma las decisiones en nombre de un alumno de educación especial cuyos padres ya no tienen derecho sobre este o no están involucrados en su vida?
- (1.68) Soy padre de acogida de un alumno de educación especial. ¿Cuáles son mis derechos?
- (1.69) ¿El distrito escolar debe ayudar a los alumnos con discapacidades a hacer la transición de la escuela secundaria a la vida adulta?
- (1.70) ¿Qué son los servicios de transición para alumnos de educación especial?
- (1.71) ¿Qué es un Plan de Transición Individual (Individual Transition Plan, ITP)?
- (1.72) ¿Puede un alumno seguir recibiendo servicios de transición luego de recibir un certificado de finalización?
- (1.73) ¿Cuál es la relación entre los servicios de transición y la educación profesional?
- (1.74) ¿Qué es el empleo con apoyo?
- (1.75) ¿El Departamento de Rehabilitación de California tiene la responsabilidad de asistir a mi hijo en la transición de la educación especial a la vida adulta postescolar?
- (1.76) ¿Qué es el sistema de Evaluación del Rendimiento y Progreso Estudiantil de California (California Assessment of Student Performance and Progress, CAASPP)?
- (1.77) ¿Cuáles son los requisitos para recibir un diploma de la escuela secundaria en California?
- (1.78) ¿Existe alguna alternativa para completar el programa de estudios obligatorio?
- (1.79) Si mi hijo cumple con los requisitos para la graduación y recibe un diploma, ¿pierde la elegibilidad para recibir educación especial?
- (1.80) Cuando mi hijo cumpla 18 años, ¿empezará a tomar decisiones en cuanto al IEP o continuaré siendo yo quien decide sobre las cuestiones educativas?
- (1.81) Si mi hijo no recibe un diploma normal, pero recibirá un certificado de logros o de finalización, ¿continúa siendo elegible para recibir educación especial?
- (1.82) Si mi hijo recibe un certificado de logros o de finalización, ¿puede participar de la ceremonia de graduación y las actividades relacionadas?
- (1.83) ¿Se brindan servicios para bebés y niños pequeños con discapacidades conforme a las leyes federales de educación especial?
- (1.84) ¿California tiene una legislación propia que afecte a los bebés y niños pequeños?
- (1.85) ¿Cuáles son los organismos responsables de garantizar que los bebés y niños pequeños accedan a los servicios?
- (1.86) ¿Cuáles son los criterios de elegibilidad para los servicios de intervención temprana (“Programa de inicio temprano” [Early Start]) en California?
- (1.87) ¿Qué servicios se incluyen en la Parte C para los niños desde su nacimiento hasta la edad de los tres años?
- (1.88) ¿Los distritos escolares son responsables de brindar servicios de educación especial a los niños de tres a cinco años?
- (1.89) ¿Cuáles son los criterios de elegibilidad para los niños con discapacidades de entre tres y cinco años de edad?
- (1.90) ¿Qué servicios de instrucción se encuentran disponibles para mi hijo en edad preescolar?
- (1.91) ¿Quiénes cumplen con los requisitos para recibir educación especial conforme a la categoría de “otros problemas de salud”?
- (1.92) ¿Mi hijo en edad preescolar podrá participar en actividades educativas con niños sin discapacidad?
- (1.93) Mi hijo tiene una enfermedad o afección grave, o está recuperándose de un accidente o una cirugía, lo cual le impedirá asistir a la escuela por un tiempo limitado. ¿Puede recibir servicios especiales para ayudarlo a mantenerse al día con su educación?
- (1.94)¿Quién es responsable de brindarle instrucción individual a mi hijo mientras permanece en nuestro hogar o mientras está internado temporalmente?
- (1.95) Mi hijo es un alumno de educación especial, pero debe recibir educación en hogar durante un tiempo debido a cuestiones de salud relacionadas con su discapacidad. El distrito manifiesta que prestará “instrucción en el hogar” durante una hora por día, sin incluir los servicios relacionados. ¿Puede hacer esto el distrito?
- (1.96) ¿Deberé comprar equipos necesarios, como una computadora u otro dispositivo tecnológico, si mi hijo recibe instrucción en el hogar?
- (1.97) Si mi hijo tiene una enfermedad contagiosa, ¿el distrito puede negarse a brindarle un instructor para el hogar o prohibirle asistir a la escuela con el fundamento de que puede ser un riesgo para el personal o para otros niños?
- (1.98) Mi hijo necesita tomar sus medicamentos mientras se encuentra en la escuela. ¿Qué asistencia debe brindar la escuela para garantizar que lo haga? ¿Mi hijo puede administrarse sus propios medicamentos?
- (1.99) ¿Qué sucede con el programa de educación especial de mi hijo si nos mudamos a otro distrito escolar?
- (1.100) ¿Qué derechos tengo si el inglés no es mi lengua materna o si no hablo inglés?
- (1.101) ¿El derecho de mi hijo de recibir una educación adecuada y gratuita se verá afectado si está indocumentado?
- (1.102) ¿Los alumnos inscritos en escuelas subvencionadas tienen derechos de educación especial?
- (1.103) Si inscribo a mi hijo en una escuela privada o religiosa, ¿tiene derecho a participar en un IEP y a recibir servicios de educación especial?
- (1.104) ¿Qué organismo público es responsable de brindarle servicios de educación especial a un niño que tiene un IEP y reside en una institución infantil autorizada o en un hogar de acogida?