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(13.6) Si considero que mi hijo necesita los servicios, ¿a quién debería contactar?

(13.6) Si considero que mi hijo necesita los servicios, ¿a quién debería contactar?

Debería escribir una carta al administrador de su distrito escolar local (por ejemplo, al director o jefe de educación especial) para solicitar una evaluación o análisis de su hijo. [5 C.C.R. Sec. 3021; Cal. Ed. Code Secs. 56029, 56300 – 56329]. Conforme la ley estatal, su distrito debe brindarle un plan de evaluación dentro de los 15 días posteriores a la fecha de recepción de su solicitud por escrito para los servicios de educación especial, a menos que el distrito no esté de acuerdo con la necesidad de dicha evaluación. Si la solicitud se realiza 10 días o menos antes del final del año escolar, el plan se debe llevar a cabo dentro de los 10 días posteriores al comienzo del siguiente año escolar. [Cal. Ed. Code Sec. 56321(a)].

Entonces dispone de 15 días para responder o aprobar el plan de evaluación. Durante dicho plazo, puede solicitar una evaluación en áreas adicionales. Nadie puede evaluar a su hijo, salvo que usted brinde su consentimiento por escrito. [Cal. Ed. Code Sec. 56321(c)]. Consulte el capítulo 2, Información sobre las evaluaciones.

Si se considera que una evaluación estandarizada es inválida para los niños de entre tres y cinco años de edad, los evaluadores deben utilizar métodos alternativos de evaluación. Las alternativas pueden incluir escalas, instrumentos, observaciones y entrevistas, como se especificó en el plan de evaluación. [Cal. Ed. Code Sec. 56441.11(e)].

Como resultado de la evaluación, se debe desarrollar el IEP dentro de los 60 días desde la fecha en la que el distrito recibió su consentimiento por escrito para su realización (sin contar los días entre las sesiones escolares, trimestres o vacaciones que superen los cinco días). Sin embargo, si la solicitud fue realizada 30 días o menos antes de la finalización del año escolar normal, las evaluaciones y el IPE se deben completar dentro de los 30 días posteriores al inicio del próximo año escolar. [Cal. Ed. Code Sec. 56344(a)].