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(15.1) Mi hijo tiene problemas persistentes de conducta. ¿El distrito escolar tiene algún tipo de responsabilidad de tratar tales problemas?

(15.1) Mi hijo tiene problemas persistentes de conducta. ¿El distrito escolar tiene algún tipo de responsabilidad de tratar tales problemas?

Sí. Si su hijo tiene conductas que interfieren con su aprendizaje o el de otro niño, la ley federal exige que el equipo del Programa de Educación Individualizada (Individualized Education Program, IEP) considere qué estrategias, apoyos conductuales y otros servicios se necesitan para que se beneficie de una educación en el entorno menos restrictivo (least restrictive environment, LRE). [34 C.F.R. Sec. 300.324(a)(2),(b)(2)]. Si le preocupa la conducta de su hijo en la escuela, envíe una carta a esta para solicitar que el distrito escolar evalúe la conducta de su hijo y para informarle a la institución que tiene el deber de determinar los objetivos y los servicios relacionados con las necesidades conductuales de su hijo en su IEP.

El distrito escolar tiene el deber legal de identificar y brindar el tipo de evaluación, de plan educativo y de servicios o apoyos que el equipo del IEP considere necesarios para asistir a su hijo con su conducta en la escuela. Estos servicios y apoyos se brindan a los fines de que su hijo pueda beneficiarse de la educación y no deba cambiarse a un entono más restrictivo, como una clase especial o un programa de tratamiento de día.

El IEP de su hijo debe incluir una declaración de los servicios de educación especial y los servicios relacionados y las asistencias y los servicios complementarios que recibirá. Esto incluye una declaración de los objetivos de conducta anuales y mensurables diseñados para abordar sus necesidades relacionadas con la conducta. [34 C.F.R. Sec. 300.320(a)(2),(4)]. Si la conducta interfiere con el aprendizaje o la permanencia de su hijo en una clase común o en un entorno menos restrictivo, su IEP debe contener una declaración de los servicios de apoyo conductual que necesita. [Cal. Ed. Code Sec. 56364.2]. Este informe de servicios se denomina plan de apoyo de la conducta (behavioral support plan, BSP) y puede incluir técnicas de manejo de la conducta, la dotación necesaria de personal y otros servicios de apoyo en pos de los objetivos de conducta de su hijo.

Si la escuela de su hijo concuerda con que tiene necesidades conductuales y el IEP no incluye apoyos o estrategias para abordar la conducta o no determina objetivos relacionados con esta, es posible que la institución le esté negando una educación gratuita, apropiada y pública (free, appropriate, public education, FAPE). Podría considerar presentar un reclamo ante el Departamento de Educación de California (California Department of Education, CDE). No obstante, también puede considerar la posibilidad de presentar una solicitud de audiencia de debido proceso. Consulte el capítulo 6, Información sobre el debido proceso y los procedimientos de cumplimiento.

Si el IEP de su hijo contiene servicios, apoyos y estrategias para abordar estas necesidades de conducta, pero, no obstante, no son efectivos, su distrito debe solicitar un IEP para analizar servicios de comportamiento adicionales o distintos que serán efectivos. [Cal. Ed. Code Sec. 56343(b)]. Sin embargo, puede solicitar una revisión del IEP usted mismo para abordar la falta de progreso de su hijo. [Cal. Ed. Code Sec. 56343.5].