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(15.10) Si mi hijo sufre acoso escolar, ¿el equipo del IEP debe reconsiderar sus necesidades y servicios, incluso si el acoso no fue producto de su discapacidad?

(15.10) Si mi hijo sufre acoso escolar, ¿el equipo del IEP debe reconsiderar sus necesidades y servicios, incluso si el acoso no fue producto de su discapacidad?

Sí. Ya sea que el acoso escolar se relacione o no con la discapacidad de un alumno, puede privarlo de recibir un beneficio educativo significativo de su IEP. El distrito escolar está obligado a abordar cómo lo afecta en la escuela. El distrito debe convocar al equipo del IEP a reunirse para determinar si, debido a los efectos del acoso, las necesidades del alumno han cambiado de manera tal que el IEP ya no esté diseñado para proporcionarle un beneficio educativo significativo. En ese caso, el equipo del IEP debe determinar hasta qué punto se necesitan servicios de educación especial o servicios relacionados adicionales o distintos para abordar las necesidades individuales del alumno y revisar el IEP en consecuencia. [Dear Colleagues Letter, 61 IDELR 263 (OSERS/OSEP 2013), Dear Colleagues Letter, 111 LRP 45106 (OCR/OSERS 07/25/00) and Dear Colleagues Letter, Responding to Bullying of Students with Disabilities, 64 IDELR 215 (OCR 2014)].