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(15.3) ¿Cómo obtengo una evaluación de la conducta y cuáles son los servicios disponibles para abordar las necesidades de conducta de mi hijo?

(15.3) ¿Cómo obtengo una evaluación de la conducta y cuáles son los servicios disponibles para abordar las necesidades de conducta de mi hijo?

Si su hijo tiene graves problemas de conducta (como intentos de fuga, peleas, interrupción de la clase o lesiones autoinfligidas) que interfieren con su aprendizaje o la capacidad de otro niño de aprender, o bien ha generado que la colocación en un aula común o entorno menos restrictivo sea riesgosa, debe presentar una solicitud por escrito para que se realice una evaluación de la conducta y una reunión del IEP a los fines de determinar qué evaluaciones, apoyos y servicios necesita su hijo para abordar sus problemas en una forma positiva. Entre los servicios que el equipo del IEP debe considerar se encuentran un BSP, una FBA detallada y, si corresponde, un PBIP, un asistente de conducta personalizado, capacitación para padres o docentes y la consulta con un especialista en conducta, asesoramiento, servicios y estrategias relacionados con las habilidades sociales y el control de la ira, entre otros, que usted crea que su hijo necesita.

Antes de la reunión del IEP, también podría solicitar una FBA por escrito, especialmente si la escuela ha desarrollado un BSP o utilizado otras estrategias conductuales que han fallado en mitigar las conductas desafiantes de su hijo. Esta evaluación debe estar diseñada para obtener información detallada sobre la conducta de su hijo (por ejemplo, una descripción detallada de la conducta, frecuencia, duración, lugar, qué interrumpe la conducta y qué sucede inmediatamente antes y después de que su hijo exhiba la conducta desafiante) e información acerca de sus entornos de aprendizaje para ayudar al equipo del IEP a determinar por qué exhibe la conducta desafiante y qué se puede hacer al respecto.

La escuela tiene un plazo de 60 días a partir de que usted firme el plan de evaluación que incluya una FBA para realizar la evaluación y llevar a cabo una reunión del IEP para hablar sobre los resultados y determinar qué servicios, apoyos y otras estrategias conductuales positivas necesita su hijo. [Cal. Ed. Code Sec. 56344(a)].

Si el distrito escolar lleva a cabo una FBA de su hijo, pero usted no cree que la evaluación sea útil para determinar qué tipos de servicios o apoyos conductuales necesita, o no está de acuerdo con la evaluación del distrito escolar por otros motivos, puede solicitar una evaluación educativa independiente (independent educational evaluation, IEE) financiada por el Estado. [34 C.F.R. Sec. 300.502; Cal. Ed. Code Sec. 56329(b)]. Consulte el capítulo 2, Información sobre las evaluaciones.

Debe solicitar dicha evaluación por escrito al distrito escolar. Explique las partes específicas de la evaluación o los métodos utilizados para realizarla con los que discrepa. Si solicita una IEE, la ley le exige al distrito escolar que acepte pagar por ella o solicite una audiencia de debido proceso para demostrar que la evaluación del distrito es “apropiada”. [34 C.F.R. Sec. 300.502; Cal. Ed. Code Sec. 56329(b)].