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(9.10) Una vez que los servicios de terapia ocupacional y fisioterapia de CCS están incluidos en el IEP, ¿puede CCS retrasar la prestación de esos servicios?

(9.10) Una vez que los servicios de terapia ocupacional y fisioterapia de CCS están incluidos en el IEP, ¿puede CCS retrasar la prestación de esos servicios?

No. Los servicios relacionados deben comenzar lo antes posible.1 Si los servicios de terapia ocupacional/fisioterapia están especificados en el IEP de su hijo y CCS se niega a proporcionarlos, la ley federal exige que el distrito los proporcione.2 Las discrepancias entre CCS y el distrito con respecto a la responsabilidad de iniciar los servicios pueden resolverse mediante procedimientos de resolución de disputas interinstitucionales.3 Además, CCS no puede negar los servicios en función de la gravedad (severidad o intensidad) de la discapacidad del estudiante. Un estudiante cuyo IEP especifica que debe recibir servicios de terapia ocupacional/fisioterapia tiene derecho a recibirlos sin demora.4

  1. 34 C.F.R. Sec. 300.323(c)(2); Cal. Ed. Code Sec. 56344(b).[]
  2. 20 U.S.C. Secs. 1412(a)(12)(A) y (B).[]
  3. Cal. Gov. Code Sec. 7585.[]
  4. 34 C.F.R. Sec. 300.323.[]