Para los estudiantes elegibles para Medi-Cal que, de otro modo, tendrían que recibir educación en casa, el programa Medi-Cal puede proporcionar servicios médicos de soporte vital a través de un asistente de salud a domicilio para que el niño pueda asistir a la escuela. El tiempo de este servicio se limita al tiempo que el niño está en la escuela o se desplaza hacia o desde ella. La condición del estudiante debe ser tal que requiera la asistencia o atención personal de una enfermera, un asistente de salud a domicilio, un padre/tutor u otro titular de los derechos educativos (o algún otro adulto especialmente capacitado) para que el servicio sea efectivo. Para los fines de este servicio, el niño debe necesitar “servicios médicos de soporte vital”. Esto significa que el niño depende de una tecnología o dispositivo médico que compensa la pérdida del uso normal de las funciones corporales vitales y que requiere atención de enfermería especializada diaria para evitar una mayor discapacidad o la muerte.1
- Código de Gobierno de California, Sec. 7575(e); 2 C.C.R. Sec. 60400.[↩]
