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(11.11) Si mi hijo cumple con los requisitos para la graduación y recibe un diploma normal, ¿se termina la elegibilidad para la educación especial?

(11.11) Si mi hijo cumple con los requisitos para la graduación y recibe un diploma normal, ¿se termina la elegibilidad para la educación especial?

Sí. La graduación con un diploma normal de la escuela secundaria hará que su hijo ya no reúna los requisitos para los servicios de educación especial. [Cal. Ed. Code Sec. 56026,1(a); 34 C.F.R. Sec. 300.102(a)(3)(i)].

La graduación con un diploma normal es un “cambio de colocación” para los alumnos de educación especial. [34 C.F.R. Sec. 300.102(a)(3)(iii); Cal. Ed. Code Secs. 56500.5]. Un “cambio de colocación” es un hecho legalmente significativo para un alumno de educación especial, y es necesario que el distrito envíe una notificación previa por escrito a los alumnos y padres (dentro de un plazo razonable antes de que suceda este cambio). [34 C.F.R. Sec. 300.503(a)(1); Cal. Ed. Code Sec. 56500.4(a)]. La notificación previa por escrito debe incluir lo siguiente: una descripción de la intención del distrito; una explicación de los motivos de esta medida; una descripción de todas las alternativas que el distrito haya considerado y por qué se descartaron; una descripción de los informes, las pruebas y los procedimientos sobre los que se basa la medida; información sobre los derechos y las fuentes de asistencia para la defensa de los alumnos y los padres. [34 C.F.R. Secs. 300.102(a)(3)(iii) & 300.503(b); Cal. Ed. Code Sec. 56500.4(b)]. Sin esta notificación obligatoria, la propuesta del distrito para la graduación de su hijo puede ser inapropiada. [Union School District v. Smith, 15 F.3d 1519 (9th Cir. 1994)]. Sin embargo, no se necesita ninguna nueva evaluación de su hijo antes de que se le entregue el diploma normal de la escuela secundaria. [34 C.F.R. Sec. 300.305(e)(2); Cal. Ed. Code Sec. 56381(i)(1)].

Antes de que un alumno que recibe educación especial se gradúe y obtenga un diploma o alcance la edad máxima de 22 años para la elegibilidad para recibir educación especial, el distrito escolar debe brindarle al alumno un resumen de sus logros académicos y rendimiento funcional, lo que incluye recomendaciones sobre cómo asistir al alumno para que alcance sus objetivos de educación superior. [Cal. Ed. Code Secs. 56026(c)(4) & 56381(i)(2)].

Si no está de acuerdo con la determinación del equipo del IEP sobre la graduación de su hijo, puede presentar una solicitud de debido proceso.