Sí. Un distrito escolar debe permitirle a un niño con una discapacidad utilizar tecnología asistencial adquirida por la escuela en el hogar o en otros entornos, si el equipo del IEP determina que el niño necesita tener acceso a tales dispositivos en entornos fuera de la escuela a los fines de recibir una educación apropiada (por ejemplo, completar las tareas).
- Los dispositivos de tecnología asistencial deben ser proporcionados a los padres/tutores/otros titulares de derechos educativos en forma gratuita. No se puede cobrar a los padres/tutores/otros titulares de derechos educativos por el uso o el desgaste normales.1
- 34 C.F.R. Sec. 300.105[↩]
