Sí. Los padres/tutores/otros titulares de derechos educativos pueden usar una grabadora para grabar una reunión del IEP, incluso sin el permiso del distrito escolar, siempre que le informen al distrito acerca de esta intención 24 horas antes. Del mismo modo, el distrito escolar puede grabar una reunión previa notificación a los padres/tutores/otros titulares de derechos educativos con una anticipación de 24 horas. Sin embargo, el distrito no puede grabar las reuniones si los padres/tutores/otros titulares de derechos educativos se oponen a ello. En ese caso, ni el distrito ni los padres/tutores/otros titulares de derechos educativos podrán grabar la reunión.1
De conformidad con las leyes estatales y federales, las grabaciones realizadas por el distrito están sujetas a las disposiciones de confidencialidad de la Ley de Derechos Educativos y Privacidad de la Familia (Family Educational Rights and Privacy Act) de 1974.2 Además, tiene derecho a:
- Inspeccionar y revisar las cintas de grabación realizadas por el distrito;
- Requerir que las grabaciones sean modificadas si cree que contienen información que es inexacta, engañosa o que vulnera los derechos a la privacidad u otros derechos de las personas con necesidades excepcionales; y
- Apelar, en una audiencia, la información que considera que es inexacta, engañosa o que vulnera los derechos de las personas a la privacidad y otros derechos.3
