Sí. Se puede derivar a los alumnos, según corresponda, para que les realicen otras evaluaciones y recomendaciones a las Escuelas para sordos o no videntes de California o centros de diagnóstico.1
Los Servicios para los Niños de California (CCS, por sus siglas en inglés) tienen la responsabilidad de llevar a cabo las evaluaciones relacionadas con terapias físicas y ocupacionales necesarias desde el punto de vista médico. Los Departamentos de Salud Mental del Condado ya no son responsables de realizar determinadas evaluaciones de salud mental. Sin embargo, es posible que el organismo de salud mental del condado mantenga su función de ofrecer a su hijo un programa de educación especial adecuado con evaluaciones y servicios a través de un contrato o acuerdo entre entidades con su distrito escolar. Consulte el capítulo 9, Información sobre responsabilidad entre entidades para servicios relacionados (AB 3632/\).
- Cal. Ed. Code Sec. 56326; 5 C.C.R. Sec. 3025[↩]
