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(5.27) ¿Quién es responsable de brindar los servicios de salud?

(5.27) ¿Quién es responsable de brindar los servicios de salud?

Estos servicios pueden ser proporcionados por el personal escolar, con la credencial de servicios necesaria para acreditar una especialización en salud o bien por una enfermera escolar. [Cal. Ed. Code Sec. 49423.5(a)(1)]. También pueden ser prestados por personal escolar designado, con capacitación en prestación de servicios de salud especializados, siempre que se cumplan dos condiciones: primero, el personal de la escuela debe ser supervisado por una enfermera escolar, un médico o una enfermera de salud pública; y segundo, el profesional de la salud debe determinar que el servicio de salud:

(1)     es una rutina para el alumno;

(2)     representa escaso daño potencial;

(3)     es capaz de ser realizado con resultados esperables; y

(4)     no requiere que el personal designado de la escuela realice funciones de enfermería, tales como evaluación, interpretación o toma de decisiones. Este personal escolar también debe ser competente en maniobras de resucitación y tener conocimientos de los recursos médicos de emergencia locales.

[Cal. Ed. Code Sec. 49423.5(a)(2) & (c)].