Sí. El programa de educación para todos los alumnos de educación especial se debe basar en las necesidades individuales.1 Cualquier alumno que cumpla con los requisitos de elegibilidad para la educación especial tiene derecho a recibir los servicios relacionados necesarios para ayudarlo a beneficiarse el niño de la educación especial.2
La ley de educación especial favorece la colocación en clases de educación general, cuando fuera posible.3 Los alumnos así tienen derecho a recibir los servicios de asistencia que les permitan asistir a la escuela o desempeñarse en un entorno de clase educación general.4
Los alumnos con discapacidades que no son elegibles para la educación especial bajo la IDEA, pero que califican para los servicios conforme el artículo 504 de la Ley de Rehabilitación de 19735 también son elegibles para las ayudas y servicios relacionados, diseñados para satisfacer sus necesidades educativas individuales6
- 34 C.F.R. § 300.39(a)[↩]
- 34 C.F.R. § 300.17.[↩]
- 20 U.S.C. § 1412(a)(5)(A); 34 C.F.R. § 300.114(a)(2)(i)[↩]
- Cal. Ed. Code § 56364.2 consulte el Capítulo 7, Información sobre el entorno menos restrictivo.[↩]
- Consulte el Capítulo 16 Información sobre la Sección 504 y la discriminación basada en la discapacidad[↩]
- 34 C.F.R. §104.4); Cal. Gov. Code § 11135[↩]
