La distinción Depende de la naturaleza del servicio que requiera su hijo porque hay una diferencia entre “servicios médicos” y “servicios de salud” escolares es importante”. Los “servicios médicos” son “servicios prestados por un médico con licencia”.1 A excepción de aquellos servicios médicos que son para “fines de diagnóstico o evaluación”, los distritos no son responsables de proporcionar servicios médicos relacionados con los servicios relacionados.2 Sin embargo, si un servicio puede ser realizado por una enfermera escolar u otra persona calificada, y no es uno que deba ser proporcionado por un médico con licencia, entonces no es un servicio médico. En ese caso, un distrito podría proporcionar el servicio como un servicio de salud.3
“Los servicios de salud” son servicios que necesario para ayudar a un niño estudiante con una discapacidad a beneficiarse de la educación especial. asistir a la escuela. Si su hijo necesita el servicio de salud para poder asistir a la escuela, entonces lo necesita para beneficiarse de la educación especial.4 Incluso si los servicios son costosos o requieren mucho tiempo, como los servicios continuos de enfermería durante todo el día, el distrito debe proporcionarlos si son “servicios de apoyo” que permiten que un niño permanezca en la escuela durante el día y brinde un acceso significativo a la educación.5
- 34 CFR Sec. 300.34 (c) (5).[↩]
- 34 CFR Sec. 300.34 (a).[↩]
- Distrito de la Escuela Comunitaria de Cedar Rapids v. Garret F., 526 U.S. 66 (1999).[↩]
- Distrito de Escuelas Independientes de Irving v. Tatro, 468 U.S. 883, 892 (U.S. 1984).[↩]
- Distrito escolar comunitario de Cedar Rapids; consulte también el Capítulo 14, Información sobre los derechos de los estudiantes con condiciones de salud graves.[↩]
