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(7.19) ¿Qué obligaciones tiene el personal de educación general en cuanto a brindar a los alumnos oportunidades de integración, inclusión total e incorporación?

(7.19) ¿Qué obligaciones tiene el personal de educación general en cuanto a brindar a los alumnos oportunidades de integración, inclusión total e incorporación?

Las leyes de educación especial exigen que el IEP especifique las asistencias y los servicios complementarios necesarios para garantizar la participación del alumno en el programa de educación general.1

El IEP se aplica a toda clase o actividad extracurricular en la que el alumno pueda participar.2 Por ejemplo, las clases de ciencias, geografía, educación física, arte, música y educación profesional son aptas para poner en práctica las adaptaciones del IEP y otros servicios de apoyo educativo.

El IEP de cada alumno debe estar a disposición de todos sus maestros y otros miembros del personal responsables de su implementación. Estos deben ser informados acerca de sus responsabilidades específicas relacionadas con la ejecución del IEP y los apoyos específicos que el alumno debe recibir.3

Además, el equipo del IEP debe incluir al menos un maestro de educación general, siempre que el alumno participe o pueda participar en sus clases.4 El maestro de educación general debe participar en el desarrollo del IEP, según sea adecuado, lo cual incluye la determinación de estrategias e intervenciones conductuales positivas adecuadas, de asistencias y servicios complementarios, de modificaciones en el programa y de apoyos para el personal escolar para brindar dichas asistencias, servicios y modificaciones.5 Dicho maestro también debe participar en las revisiones del IEP.6 Además, en toda reunión del IEP, el distrito debe estar representado por un funcionario escolar que conozca el programa de estudios general y la disponibilidad de recursos del distrito.7

A fin de garantizar la cooperación entre los programas de educación general y especial, el personal de educación general debe tener a disposición apoyos y capacitación adecuados en relación con las necesidades de su hijo. Puede pedirle al maestro de educación general de su hijo que ayude a preparar el IEP tras expresar que el niño necesita modificaciones y servicios de apoyo. Además, el Departamento de Educación del Estado de California (California State Department of Education, CDE) debe brindarle al distrito escolar local capacitación y asistencia técnica para la aplicación del requisito del LRE y supervisión continua.8

  1. 20 U.S.C. Sec. 1414(d)(1)(A)(i)(IV)[]
  2. 34 C.F.R. Secs. 300.117 & 300.320(a)(4)(ii)[]
  3. 34 C.F.R. Sec. 300.323(d)[]
  4. 20 U.S.C. Sec. 1414(d) (1)(B)(ii); 34 C.F.R. Sec. 300.321(a)(2)[]
  5. 20 U.S.C. Sec. 1414(d)(3)(C); 34 C.F.R. Sec. 300.324(a)(3)[]
  6. 20 U.S.C. Sec. 1414(d)(4)(B)[]
  7. 20 U.S.C. Sec. 1414(d)(1)(B)(iv); 34 C.F.R. Sec. 300.321(a)(4)[]
  8. 34 C.F.R. Secs. 300.119 & 300.120[]