Los padres deben formar parte de los grupos que toman decisiones acerca de la colocación de educación especial. [20 U.S.C. Sec. 1414(e); 34 C.F.R. sec. 300.327]. Además, el equipo (incluidos los padres) que toma las decisiones en cuanto a la colocación debe guiarse por el requisito de que las clases especiales, la escolarización separada y otras formas de separación de los alumnos con discapacidades de las clases generales solo deben implementarse si el carácter o la gravedad de la discapacidad impide que estos puedan recibir una educación satisfactoria (con asistencias y servicios complementarios) en un entorno de educación general. [34 C.F.R. Sec. 300.114(a)(2)(ii); Cal. Ed. Code Sec. 56342(b)].