Menu Close

(12.13) ¿Qué se debe incluir en el IFSP?

(12.13) ¿Qué se debe incluir en el IFSP?

El IFSP debe plasmarse por escrito y debe incluir lo siguiente:

(1) un informe de los niveles actuales de desarrollo del bebé o niño pequeño;

(2) un informe de las inquietudes, las prioridades y los recursos de la familia;

(3) un informe de los mayores resultados que se pueden esperar y los criterios, los procedimientos y los plazos utilizados para evaluar dichos resultados;

(4) un informe de servicios específicos, que incluya la frecuencia, la duración y el método de prestación de los servicios;

(5) un informe de los “entornos naturales” en los que los servicios de intervención temprana se proporcionarían de manera adecuada, incluida una justificación de en qué medida, si corresponde, los servicios no se prestarán en un entorno natural;

(6) las fechas de inicio de los servicios;

(7) el nombre del organismo responsable de proporcionar los servicios identificados;

(8) el nombre del coordinador de servicios;

(9) un plan de transición a otros servicios adecuados.

[20 U.S.C. Sec. 1436(d); 34 C.F.R. Sec. 303.344; Cal. Gov. Code Sec. 95020(d); 17 C.C.R. Sec. 52106(b)]. Los padres deben firmar el IFSP para dar su consentimiento con el fin de que comiencen los servicios. [20 U.S.C. Sec. 1436 (e)].