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(12.15) ¿Mi hijo puede acceder a los servicios en el hogar?

(12.15) ¿Mi hijo puede acceder a los servicios en el hogar?

En la máxima medida adecuada para su hijo, los servicios de intervención temprana deben brindarse en entornos naturales, que incluyen el hogar y la comunidad, en los que participan los niños sin discapacidades. [34 C.F.R. Sec. 303.13(a)(8)]. Por lo tanto, los servicios de intervención temprana necesarios para satisfacer las necesidades de su hijo podrían brindarse en el hogar. El IFSP de su hijo debe incluir un informe de los servicios que necesita para satisfacer sus necesidades únicas y de las maneras de brindar dichos servicios en entornos naturales.

Conforme a la ley del estado, los bebés y niños pequeños tienen derecho a acceder a servicios en el hogar que incluyen, entre otros, los siguientes:

(1) Observación del comportamiento y el desarrollo del bebé en su entorno natural.

(2) Actividades que son adecuadas para el bebé en cuanto a su desarrollo y que están especialmente diseñadas, sobre la base de sus necesidades excepcionales, para mejorar su desarrollo. Dichas actividades se desarrollarán de conformidad con el Plan de Servicio Familiar Individualizado del bebé y se garantizará que no entren en conflicto con sus necesidades médicas.

(3) Demostración de actividades adecuadas para el desarrollo del bebé a sus padres, hermanos y otros cuidadores que los padres designen.

(4) Interacción con los miembros de la familia y otros cuidadores que los padres designen, para afianzar el desarrollo de habilidades necesarias para promover el desarrollo del bebé.

(5) Análisis de las inquietudes de los padres relacionadas con el bebé y la familia, y apoyo a los padres para abordar las necesidades de su bebé.

(6) Asistencia a los padres para resolver problemas, buscar otros servicios en su comunidad y coordinar los servicios proporcionados por distintos organismos.

[Cal. Ed. Code Sec. 56426.1]. A partir de julio de 2009, algunas o todas las capacitaciones de intervención del comportamiento se hacían en el hogar y eran individualizadas. En la actualidad, cuando se desarrolla, revisa o modifica el IFSP, el equipo debe considerar implementar capacitaciones grupales para padres sobre la intervención del comportamiento en lugar de la capacitación individual para padres en el hogar. [Cal. Gov. Code Sec.