La audiencia es dirigida por un ALJ imparcial, quien no tiene ningún interés personal o profesional que pueda comprometer su objetividad y que es un experto en las leyes pertinentes. El ALJ debe oír a los distintos testigos que declaren para ambas partes y examinar las pruebas presentadas. El ALJ debe enviarle una decisión por escrito, que incluya todas las conclusiones de hecho, dentro de los 30 días posteriores al momento en que usted o el organismo proveedor de servicios solicitó una mediación o audiencia de debido proceso.1
Para obtener más información preparada por el DDS acerca de los procedimientos de debido proceso y de reclamo (y una descripción general de los derechos y las responsabilidades de los padres/tutores/otros titulares de derechos educativos), visite capítulo 6, Información sobre el debido proceso y los procedimientos de cumplimiento.
- 17 C.C.R. Sec. 52174[↩]
