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(12.25) ¿Cuál es la responsabilidad del distrito escolar en cuanto a su participación en la transición de los servicios de intervención temprana a los servicios de educación especial de preescolar?

(12.25) ¿Cuál es la responsabilidad del distrito escolar en cuanto a su participación en la transición de los servicios de intervención temprana a los servicios de educación especial de preescolar?

Si el distrito escolar local es el organismo responsable, también debe garantizar que el niño tenga una transición eficaz y sin inconvenientes a los programas de preescolar.1 Debe asegurar que el IEP haya sido desarrollado e implementado para la fecha en la que el niño cumple los tres años.2

Si un niño cumple tres años durante los meses del verano, el equipo del IEP debe determinar la fecha de inicio de la prestación de los servicios del IEP.3 El distrito debe participar en conferencias de planificación de la transición organizadas por el centro regional.4

  1. 20 U.S.C. Sec. 1437(a)(9); Cal. Ed. Code Sec. 56426.9(a)[]
  2. 34 C.F.R. Sec. 300.124(b); Cal. Ed. Code Sec. 56426.9(b)[]
  3. Cal. Ed. Code Sec. 56426.9(d)[]
  4. 20 U.S.C. Sec. 1437(a)(9)(A)(ii); Cal. Ed. Code Sec. 56426.9(c)[]