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(14.23) ¿Qué debe informarle el distrito escolar cuando solicita su consentimiento para usar los beneficios de Medi-Cal o del seguro médico privado de su hijo para pagar un servicio relacionado de educación especial?

(14.23) ¿Qué debe informarle el distrito escolar cuando solicita su consentimiento para usar los beneficios de Medi-Cal o del seguro médico privado de su hijo para pagar un servicio relacionado de educación especial?

El consentimiento de los padres solo es válido si ha recibido toda la información relevante sobre la actividad para la cual se le solicita consentimiento, en su lengua materna u otro medio de comunicación. Debe “comprender y aceptar” por escrito. Debe comprender que otorgar su consentimiento es un acto voluntario y que puede revocarse en todo momento. [34 C.F.R. Secs. 300.154(d)(2)(iv)(A), (e), & 300.9].

En el caso de los niños que cuentan con la cobertura de Medi-Cal y de un seguro privado, se les debe informar a los padres que el uso de Medi-Cal podría tener como resultado que dicho programa inicie una acción de recuperación de terceros contra el seguro privado del niño. Esto puede agotar el límite vitalicio del seguro privado o de la cobertura para un servicio o tratamiento en particular.