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(14.7) ¿Quiénes cumplen con los requisitos para recibir educación especial conforme a la categoría de “otros problemas de salud (other health impairment, OHI)”?

(14.7) ¿Quiénes cumplen con los requisitos para recibir educación especial conforme a la categoría de “otros problemas de salud (other health impairment, OHI)”?

Según lo estipulado por las leyes federales y estatales, los alumnos son elegibles para recibir educación especial conforme a la categoría de otros problemas de salud si presentan limitaciones en cuestión de fuerza, vitalidad o atención (incluido un estado de alerta agudizado ante los estímulos ambientales que tiene como consecuencia la falta de atención en el entorno educativo), que se deben a problemas de salud crónicos o agudos —incluidos, entre otros, los siguientes: problemas cardíacos; cáncer; leucemia; fiebre reumática; enfermedad renal crónica; fibrosis quística; asma; epilepsia; intoxicación con plomo; diabetes; tuberculosis y otras enfermedades contagiosas; trastornos hematológicos, como anemia de células falciformes y hemofilia; nefritis; trastorno de déficit de atención o trastorno de déficit de atención con hiperactividad; o síndrome de Tourette— y que afectan de manera negativa el rendimiento educativo del alumno. [34 C.F.R. Sec. 300.8(c)(9); 5 California Code of Regulations (C.C.R.) Sec. 3030(b)(9)].

La medición del “efecto negativo” en el rendimiento educativo puede basarse en las calificaciones del alumno, pero también puede considerar otras maneras en las que su problema afecta sus actividades escolares. Los distritos escolares tienden a interpretar “efecto negativo” en el sentido estricto y a enfocarse únicamente en el rendimiento académico. Los tribunales adoptan una visión más amplia del rendimiento educativo e incluyen consideraciones acerca de las necesidades académicas, sociales, de salud, emocionales, comunicativas, físicas y profesionales del alumno. [Seattle School Dist. No. 1 v. B.S., 82 F.3d 1493, 1500 (9th Cir. 1996)].

La ley federal también distingue entre rendimiento educativo y académico e interpreta que el rendimiento educativo es un concepto más amplio. Por ejemplo, los alumnos deben ser evaluados por las escuelas en todas las áreas de posible discapacidad. [20 U.S.C. Sec. 1414(b)(3)(B)]. Según lo definen los reglamentos federales, dichas áreas incluyen lo siguiente: salud, vista, audición, estado social o emocional, inteligencia general, rendimiento académico, estado comunicativo y habilidades motrices. [34 C.F.R. Sec. 300.304(c)(4)]. El rendimiento académico es solo una de las áreas en las que los alumnos deben ser evaluados. Además de las calificaciones y los puntajes de las pruebas estandarizadas, las escuelas deben tener en cuenta cómo la salud emocional del alumno u otros factores afectan negativamente su rendimiento no académico en el comportamiento social y también en otras áreas.