Menu Close

(16.23) Mi hijo, quien es elegible para recibir servicios en virtud del artículo 504, se transfirió a un nuevo distrito escolar. ¿Qué sucede con el plan del artículo 504 del distrito anterior?

(16.23) Mi hijo, quien es elegible para recibir servicios en virtud del artículo 504, se transfirió a un nuevo distrito escolar. ¿Qué sucede con el plan del artículo 504 del distrito anterior?

En el nuevo distrito escolar, debe revisar el plan un grupo de personas con conocimientos acerca de los datos de las evaluaciones de su hijo y de las opciones de colocación en el distrito. Si el equipo determina que el plan es adecuado, el distrito debe implementarlo. Si el equipo determina que el plan no es adecuado, el distrito debe realizar nuevas evaluaciones y desarrollar un nuevo plan. [Consulte “Cómo proteger a los alumnos con discapacidades”, preguntas frecuentes (OCR 2016)].