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(3.11) Mi hijo fue diagnosticado con un trastorno de conducta, como el trastorno oposicional desafiante. ¿Es elegible para la educación especial?

(3.11) Mi hijo fue diagnosticado con un trastorno de conducta, como el trastorno oposicional desafiante. ¿Es elegible para la educación especial?

Los trastornos de conducta o comportamiento y el trastorno negativista desafiante no son categorías de elegibilidad específicas para recibir educación especial. Sin embargo, alumnos que presentan problemas de conducta grave o de largo plazo aún puede ser elegibles para educación especial, bajo categorías como: 

  1. Discapacidad Específica de Aprendizaje (SLD);
  2. Trastorno Emocional (ED);
  3. Otros Impedimentos de Salud (OHI), que incluye afecciones como el trastorno por déficit de atención (ADD) o el trastorno por déficit de atención con hiperactividad (ADHD).

Si un alumno muestra problemas de comportamiento significativos, será necesario realizar una evaluación en todas las áreas relacionadas con la presunta discapacidad del alumno para determinar si es elegible para la educación especial. Si el alumno no es elegible para educación especial, se debe analizar la posibilidad de que se aplique el artículo 504.

La Oficina de Derechos Civiles de los Estados Unidos (U.S. Office for Civil Rights, OCR) en California ha dictaminado que las escuelas deben reunir un equipo de asesores para fijar un criterio relativo a la elegibilidad, de conformidad con el artículo 504 para los niños que padecen trastornos tales como el ADD/ADHD y un trastorno obsesivo compulsivo, incluso si el niño no es elegible para la educación especial.1

  1. Manteca Unified School District, 30 IDELR 544, 1998[]