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(3.11) Mi hijo fue diagnosticado con un trastorno de conducta, como el trastorno oposicional desafiante. ¿Es elegible para la educación especial?

(3.11) Mi hijo fue diagnosticado con un trastorno de conducta, como el trastorno oposicional desafiante. ¿Es elegible para la educación especial?

Un trastorno de conducta o trastorno oposicional desafiante no es una de las categorías de elegibilidad para recibir educación especial. Sin embargo, un alumno aún puede ser elegible para la educación especial, según categorías de elegibilidad tales como una discapacidad específica de aprendizaje (SLD), un trastorno emocional (ED) o dentro de la categoría de otros impedimentos de salud (OHI), tales como el trastorno de déficit de atención (ADD) o trastorno de déficit de atención con hiperactividad (ADHD). Por ello, si un alumno ha experimentado problemas de conducta graves o a largo plazo, será necesario realizar una evaluación en todas las áreas relacionadas con la presunta discapacidad del alumno para determinar si es elegible para la educación especial. Si el alumno no es elegible, se debe analizar la posibilidad de que se aplique el artículo 504.  La Oficina de Derechos Civiles de los Estados Unidos (U.S. Office for Civil Rights, OCR) en California ha establecido de manera específica que las escuelas deben reunir un equipo de asesores para fijar un criterio relativo a la elegibilidad, de conformidad con el artículo 504 para los niños que padecen trastornos tales como el ADD/ADHD y un trastorno obsesivo compulsivo, incluso si el niño no es elegible para la educación especial. [Manteca Unified School District, 30 IDELR 544, 1998].