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(3.4) ¿Cuáles son los criterios de elegibilidad para los alumnos con trastornos del habla y el lenguaje?

(3.4) ¿Cuáles son los criterios de elegibilidad para los alumnos con trastornos del habla y el lenguaje?

Un alumno con dificultades en el habla y el lenguaje es elegible para recibir los servicios de educación especial, si reúne uno o más de los siguientes criterios:

  1. Trastorno de Articulación:  El estudiante tiene dificultades con la articulación que reducen significativamente la inteligibilidad e interfiere con la comunicación y atrae atención adversa. La capacidad articulatoria del alumno debe ser inferior a lo esperado para su edad o nivel de desarrollo, y no solo un patrón de deglución anormal.
  2. Voz Anormal, caracterizado por defectos persistentes en la calidad de la voz, el tono o la intensidad.
  3. Trastorno de la Fluidez:  El flujo de la expresión verbal, incluida la velocidad y el ritmo, afecta negativamente la comunicación entre el alumno y el oyente.
  4. Trastorno del Lenguaje:   El alumno padece un trastorno del lenguaje expresivo o receptivo y reúne uno de los siguientes criterios:
    1. Alcanza una puntuación de al menos 1.5 de las desviaciones estándar por debajo del promedio, o del percentil siete, para su edad o nivel de desarrollo, en dos o más pruebas estandarizadas en áreas como: morfología, sintaxis, semántica o pragmática; o
    2. Alcanza una puntuación de al menos 1.5 de las desviaciones estándar por debajo del promedio o del percentil siete, en una o más pruebas estandarizadas en una de las áreas mencionadas arriba y hace uso inapropiado o inadecuado del lenguaje expresivo o receptivo, según la medición a partir de una muestra de lenguaje representativo, espontáneo o provocado de un mínimo de 50 enunciados. Se debe grabar o transcribir la muestra del lenguaje, realizar un análisis e incluirse en el informe de la evaluación. Si no se puede obtener una muestra de 50 enunciados, el especialista en lenguaje habla o audición debe documentar porque y describir los contextos en los que se realizaron los intentos.
  5. Pérdida Auditiva:  Resultados en un trastorno del lenguaje o del habla.1

Cuando las pruebas estandarizadas se consideran inválidas para el alumno, el nivel esperado de desempeño se determinará a través de medios alternativos.2

  1. 34 C.F.R. Sec. 300.8(c)(11); 5 C.C.R. Sec. 3030(b)(11)[]
  2. 5 C.C.R. Sec. 3030(b)(10)(B)(2)[]