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(3.19) ¿Se puede negar elegibilidad para recibir educación especial a los alumnos dotados por causa de una discapacidad específica de aprendizaje basada solo en la inteligencia?

(3.19) ¿Se puede negar elegibilidad para recibir educación especial a los alumnos dotados por causa de una discapacidad específica de aprendizaje basada solo en la inteligencia?

No. La oficina federal de Programas de Educación Especial (Special Education Programs) emitió una Carta de Clarificación el 14 de enero del año 1992, en la cual se establece que:

Ni la Parte B ni los reglamentos de la Parte B establecen  alguna exclusión por el nivel de inteligencia al momento de determinar la elegibilidad para los servicios de la Parte B. Todos los niños, excepto aquellos que fueron excluidos específicamente en los reglamentos, sin importar su coeficiente intelectual, son elegibles para ser considerados como personas con una discapacidad específica de aprendizaje si cumplen con los requerimientos del caso.

[18 IDELR 683].

Además, los distritos escolares no pueden negarse a realizar una evaluación para determinar la elegibilidad para la educación especial solo sobre la base de calificaciones adecuadas. Las calificaciones son solo un indicador del impacto educacional que tiene la discapacidad del alumno en su desempeño escolar.