Sí. Siempre que el niño cumpla con los criterios de una de las categorías de elegibilidad y necesite educación especial, el solo hecho de haya progresado de grado en grado sin necesitar educación especial, no significa que ya no tenga derecho a una educación pública, adecuada y gratuita. [34 C.F.R. Sec. 300.111(c)(1)].