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(8.6) ¿Pueden exigirle a mi hijo que cumpla con una suspensión en la escuela?

(8.6) ¿Pueden exigirle a mi hijo que cumpla con una suspensión en la escuela?

Sí. El director puede exigirles a los alumnos que cumplan con la suspensión en la escuela. [Cal. Ed. Code Sec. 48911.1]. Un empleado escolar debe notificarles a los padres o tutores por escrito cuando se asigna una suspensión en un aula de la escuela por más de un período de clase. [Cal. Ed. Code Sec. 48911.1(d)]. En el caso de los alumnos con discapacidades, los días de suspensión en la escuela cuentan como una separación al considerar si se produjo un “cambio de colocación”, salvo que se les dé la oportunidad de continuar participando adecuadamente en el programa de estudios general, de continuar recibiendo los servicios especificados en su IEP y de continuar participando con niños sin discapacidades en la medida en que lo harían en su colocación actual. [71 Fed. Reg. 46715 (Aug. 14, 2006)].