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(12.23) ¿El centro regional puede pedirme que utilice mi seguro médico privado o mi plan de servicios de salud para abonar los servicios médicos que sean parte del IFSP de mi hijo?

(12.23) ¿El centro regional puede pedirme que utilice mi seguro médico privado o mi plan de servicios de salud para abonar los servicios médicos que sean parte del IFSP de mi hijo?

La ley federal no prohíbe que los estados utilicen seguros privados para los servicios del Programa de inicio temprano. [34 C.F.R. Secs. 303.12(a)(3)(iv) & 303.520(d)(1)]. A partir de julio de 2009, los centros regionales han solicitado que los padres utilicen seguros privados para abonar los servicios médicos detallados en el IFSP, siempre y cuando esto sea de conformidad con la ley federal y estatal. Esto puede incluir abonar deducibles y copagos, pero jamás implica abonar una evaluación o un examen del bebé o niño pequeño. No obstante, el hecho de que no pueda obtener una decisión de su aseguradora privada acerca de la aprobación o denegación de un reclamo no debe derivar en la denegación del servicio para su niño o en una demora en la prestación del servicio. [Cal. Gov. Code Sec. 95004(b)(1)].