La audiencia es dirigida por un ALJ imparcial, quien no tiene ningún interés personal o profesional que pueda comprometer su objetividad y que es un experto en las leyes pertinentes. Debe oír a los distintos testigos que declaren para ambas partes y examinar las pruebas presentadas. Debe enviarle una decisión por escrito, que incluya todas las conclusiones de hecho, dentro de los 30 días posteriores al momento en que usted o el organismo proveedor de servicios solicitó una mediación o audiencia de debido proceso. [17 C.C.R. Sec. 52174].
Para obtener más información preparada por el DDS acerca de los procedimientos de debido proceso y de reclamo (y una descripción general de los derechos y las responsabilidades de los padres), visite el siguiente enlace: http://dds.ca.gov/EarlyStart/docs/Parents_Rights_Guide_Sum_Eng.pdf. Además, consulte el capítulo 6, Información sobre el debido proceso y los procedimientos de cumplimiento.