Los alumnos de educación especial que han sido asignados a un hospital público, un hospital de niños estatal y autorizado, un hospital psiquiátrico, un hospital privado o un centro de salud para fines médicos son responsabilidad, en términos educativos, del distrito escolar, de la SELPA o de la Oficina de Educación del Condado donde se encuentra ubicado el hospital o el establecimiento. [Cal. Ed. Code Sec. 56167]. Una SELPA puede estar compuesta por un distrito, un conjunto de distritos o una Oficina de Educación del Condado.