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(9.20) El tribunal colocó a mi hijo en un centro de menores. ¿Quién es responsable de brindarle los servicios?

(9.20) El tribunal colocó a mi hijo en un centro de menores. ¿Quién es responsable de brindarle los servicios?

La Oficina de Educación del Condado es responsable de la administración y operación de las escuelas de tribunales de menores, los reformatorios de menores, los hogares de menores, los centros diurnos, los campos o campamentos de rehabilitación y las escuelas comunitarias del condado. [Cal. Ed. Code Secs. 48645.2 & 56150]. El superintendente de escuelas del condado puede celebrar un contrato con el Consejo de Supervisores del condado para asumir esta responsabilidad. Además, cada SELPA debe desarrollar un plan local que describa el proceso para coordinar y brindar los servicios para alumnos colocados en escuelas de tribunales de menores o en escuelas comunitarias del condado. [Cal. Ed. Code Sec. 56195.7(g)]. Usted debería obtener una copia del plan local.

Si las leyes de educación especial o el plan de la SELPA no se cumplen, o si la SELPA no aborda la coordinación y prestación de servicios, usted puede presentar un reclamo contra el condado ante el CDE para exigir el cumplimiento. También debería considerar seguir los procedimientos de debido proceso contra los condados o las SELPA. Consulte el capítulo 6, Información sobre el debido proceso y los procedimientos de cumplimiento.