Menu Close

(6.4) ¿Quién puede presentar un reclamo de cumplimiento?

(6.4) ¿Quién puede presentar un reclamo de cumplimiento?

Cualquier persona, agencia pública u organización (como una asociación de padres) puede presentar una queja por escrito.1 La queja puede involucrar a un solo estudiante, a un grupo de estudiantes o a una política del distrito local que se considere que infringe la ley federal o estatal de educación especial. Si la queja se refiere a más de un estudiante, el Departamento de Educación de California (CDE) la denomina queja “varias”. Aunque la ley no lo especifica, el CDE puede exigir que se nombre a varios estudiantes en la queja.

  1. Cal. Code Regs. tit. 5, § 3200(c)[]