La notificación previa por escrito debe incluir la siguiente información:
- Una explicación completa de todos los derechos procesales disponibles para el alumno, incluidos los derechos a seguir los procedimientos del debido proceso y los derechos a la confidencialidad de la información, tal y como se establece en los reglamentos federales de educación especial;
- Una descripción de la acción propuesta o rechazada por el distrito, una explicación de por qué el distrito propone o rechaza la acción, y una descripción de cualquier opción que el distrito haya considerado y las razones por las que esas opciones fueron rechazadas;
- Una descripción de cada procedimiento de evaluación, prueba, registro o informe que el distrito haya utilizado como base para la acción propuesta o rechazada;
- Una descripción de cualquier otro factor que sea relevante para la propuesta o el rechazo del distrito; y
- Una declaración de que los padres tienen ciertos derechos y cómo pueden obtener una descripción escrita de esos derechos.
- La notificación debe estar escrita en un lenguaje que resulte comprensible para la generalidad de las personas y en la lengua materna o cualquier otro medio de comunicación que utilicen los padres, a menos que claramente no sea posible. [20 U.S.C. Sec. 1415(c); 34 C.F.R. Sec. 300.503(b) & (c)].
La información contenida en la notificación por escrito es fundamental para que los padres puedan tomar decisiones inteligentes e informadas. En Union School District v. B. Smith, 15 F.3d 1519, 1526 (9th Cir. 1994), el tribunal federal de apelaciones estableció que las disposiciones relativas a las notificaciones no son solo requerimientos técnicos, sino derechos fundamentales, y prohibió al distrito cuestionar la pertinencia de una colocación ofrecida verbalmente por el distrito y rechazada por los padres, pero que nunca se ofreció de manera oficial y por escrito a los padres, de conformidad con los requisitos pertinentes, descritos con anterioridad.