Si su reclamo se relaciona con los servicios proporcionados por CCS, puede presentar un reclamo solicitando la intervención estatal directa, según se describió anteriormente, o menos los procedimientos de resolución de conflictos entre agencias. La presentación de reclamos conforme ambos procesos pueden generar una resolución más rápida. El reclamo entre agencias puede presentarse con el Superintendente de Instrucción Pública (Superintendente) o ante el secretario de Salud y Servicios Humanos (secretario).1
Secretary of Health and Human Services
1600 Ninth St., 4th Floor
Sacramento, CA 95814
Superintendent of Public Instruction California Department of Education
1430 N Street
Sacramento, CA 95814
Antes de considerar su reclamo, los organismos involucrados podrán solicitar una copia del IEP de su hijo. Deberá enviar una copia de este junto con su reclamo.
El Superintendente y el secretario se deben reunir a los fines de resolver la cuestión dentro de los 15 días calendario a partir de la recepción del reclamo. Deben enviar por correo una copia por escrito de la resolución de la reunión a usted, al distrito escolar local y a los organismos afectados, dentro de los 10 días de celebrada la reunión.2
Si los organismos no pueden resolver la cuestión dentro de los 15 días, el reclamo puede ser apelado a la Oficina de Audiencias Administrativas (OAH, por sus siglas en ingles). La OAH revisará la cuestión y emitirá sus conclusiones dentro de los 30 días de recibido el caso. La decisión de la OAH es vinculante para todas las partes del conflicto.3
Cuando un reclamo se presenta de conformidad con el artículo 7585 (a), el alumno afectado por el conflicto debe seguir recibiendo el servicio pendiente de resolución si lo había estado recibiendo con anterioridad.4
