Menu Close

(6.16) ¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la decisión de la investigación del distrito?

(6.16) ¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con la decisión de la investigación del distrito?

Puede apelar directamente ante el CDE para la revisión de la decisión local dentro de los 30 días a partir de la recepción por escrito de la decisión final del distrito. [5 C.C.R. Sec. 4632(a)]. Tenga en cuenta que los 30 días comienzan a partir de la fecha de la decisión, no de la fecha en que la recibió.

Al apelar una decisión del distrito, su reclamo ante el CDE debe dar una de estas razones para apelar. 

  1. La LEA no cumplió con el procedimiento de reclamo; 
  2. En relación con las alegaciones del reclamo, el informe de investigación de la LEA carece de los hallazgos materiales de hecho necesarios para llegar a una conclusión legal; 
  3. Los hallazgos materiales de hecho en el informe de investigación de la LEA no están respaldados por pruebas sustanciales; 
  4. La conclusión legal en el informe de investigación de la LEA es inconsistente con la ley; o 
  5. En un caso en el que la LEA determinó incumplimiento, las acciones correctivas no proporcionan un remedio adecuado. 

La apelación debe incluir una copia del reclamo original y de la decisión del distrito local. [5 C.C.R. Sec. 4632(b)-(c)].

Si el CDE considera que el distrito escolar no ha abordado uno o más de sus problemas, los derivará nuevamente al distrito para que los investigue. El distrito escolar debe investigar las cuestiones omitidas y emitir un informe enmendado en un plazo de 20 días. [5 C.C.R. Sec. 4632(f)].

Después de que el CDE notifique al distrito de la apelación, el distrito debe enviar al CDE una copia completa de su expediente de investigación en un plazo de 10 días. El CDE, por lo general, limita su revisión al expediente de investigación local, pero es posible que se ponga en contacto con las partes a los fines de reunir mayor información. Si el Departamento determina que la decisión del distrito se fundamenta en “evidencia sustancial” y que siguió los procedimientos apropiados de investigación de reclamos, entonces rechazará la apelación. Si la decisión local no se sustenta en evidencia sustancial o no se siguieron los procedimientos requeridos del caso, el CDE puede enviar de vuelta el reclamo al distrito para una investigación más profunda, emitir una decisión basada en la evidencia que consta en el expediente, o realizar más investigaciones por su cuenta y resolver el reclamo. [5 C.C.R. Sec. 4633].