Dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la decisión de la investigación del CDE, usted o el distrito pueden solicitar la reconsideración de la decisión ante el Superintendente de Instrucción Pública. El Superintendente puede responder por escrito dentro de los 60 días, ya sea modificando las conclusiones o las medidas correctivas, o denegando la solicitud de plano. La decisión del CDE permanece vigente y ejecutable a la espera de la reconsideración del Superintendente.1
- 5 C.C.R. Sec. 3205(a)-(e)[↩]
