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(2.19) ¿Cuáles son los procedimientos y las normas para las herramientas y las pruebas de evaluación?

(2.19) ¿Cuáles son los procedimientos y las normas para las herramientas y las pruebas de evaluación?

Se deben seleccionar y administrar las pruebas y el material de evaluación de modo que no sea discriminatorio en términos raciales, culturales ni sexuales; y en la lengua materna u otro medio de comunicación del alumno. También se deben validar para el propósito específico para el cual se utilizan y estas deben evaluar las áreas específicas de necesidades educativas y no solo producir un único cociente intelectual general. No se puede utilizar un solo procedimiento como el único criterio para determinar un programa educativo adecuado para el alumno. Finalmente, en el caso de un alumno con discapacidad sensorial, motriz o del habla, las pruebas deben garantizar que los resultados reflejen con precisión la aptitud o el nivel de logros del alumno y no su discapacidad, a menos que el objetivo de las pruebas sea evaluar sus discapacidades. [20 U.S.C. Sec. 1414(b); 34 C.F.R. Sec. 300.304; Cal. Ed. Code Sec. 56320].

Los reglamentos federales establecen que la evaluación debe ser lo “suficientemente integral para identificar todas las necesidades de educación especial y servicios relacionados del niño, ya sea que se vinculen o no con la categoría de discapacidad que le ha sido asignada”. [34 C.F.R. Sec. 300.304(c)(6)].

El distrito escolar debe utilizar instrumentos de evaluación técnicamente adecuados que demuestren el efecto que tienen los factores cognitivos, conductuales, físicos y del desarrollo en el desempeño del niño. En general, el distrito escolar debe utilizar “estrategias y herramientas de evaluación que proporcionen

información relevante que ayude directamente a determinar las necesidades educativas del niño”. [34 C.F.R. Sec. 300.304(c)(7)].

Además, el distrito escolar debe utilizar diferentes estrategias y herramientas de evaluación para obtener información relevante, ya sea funcional como del desarrollo, acerca del niño, incluida la proporcionada por los padres. La evaluación también debe recopilar información pertinente para permitirle al niño participar y progresar en el plan de estudios general o, en el caso de los niños de preescolar, participar en las actividades apropiadas. [34 C.F.R. Sec. 300.304(b)(1)].