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(5.32) ¿Qué se debe escribir en el IEP de mi hijo en relación con los servicios relacionados?

(5.32) ¿Qué se debe escribir en el IEP de mi hijo en relación con los servicios relacionados?

Los servicios relacionados deben solicitarse en una reunión del IEP y, si se considerara apropiado, se deben escribir en el IEP de su hijo, incluso si tales servicios no serán proporcionados por el distrito escolar. Es importante escribir el servicio en el IEP porque esto ayuda a establecer que el mismo es de carácter educativo. En última instancia, si alguna otra agencia dejara de prestar los servicios cuando el niño aún lo necesita, el distrito escolar es responsable de brindarlos. [34 C.F.R. Sec. 300.154(b)].

Además, no basta solo con hacer un listado en el IEP de los servicios relacionados (por ejemplo, “terapia del habla”, “OT y PT”, “psicoterapia”, etc.) que recibirá su hijo.

El IEP también debe establecer la frecuencia, ubicación y duración específica del servicio que se proporcionará. [20 U.S.C. Sec. 1414(d)(1)(A)(i)(IV); 34 C.F.R. Sec. 300.320(a)(7); Cal. Ed. Code Sec. 56345(a)(7)].

No se pueden hacer cambios en la cantidad de los servicios que se incluyen en la lista del IEP sin realizar otra reunión del IEP, a menos que acepte que se hagan cambios sin necesidad de una reunión previa. [34 C.F.R. Sec. 300.324(a)(4); Cal. Ed. Code Sec. 56380.1(a)]. Sin embargo, siempre y cuando no haya cambios en la cantidad global, es posible realizar algunos ajustes en la cronología de los servicios (según el criterio profesional de la persona que proporciona los servicios) sin necesidad de celebrar otra reunión de IEP. Se le debe notificar siempre que esto ocurra.

Se deben describir los servicios requeridos en el IEP de manera clara. En lugar de la “terapia del habla”, el enunciado debe incluir: instrucción individual en fonología y sintaxis una vez por semana, sesiones de 45 minutos e instrucción en grupos pequeños (entre 1 y 3 alumnos) una vez por semana, sesiones de 45 minutos proporcionados por un especialista en lenguaje, habla y audición acreditado, con actividades de apoyo grupales diarias en el aula, proporcionado por el maestro o paraprofesional (asistencia mediante instrucciones) en consulta con el especialista en la materia.

Si un IEP contiene metas para los servicios relacionados, tales como progreso en la articulación del habla a través de los servicios de terapia del habla, tales metas se deben escribir en el IEP en términos mensurables, junto con una descripción de la manera como se medirá el progreso hacia tales metas y cuál será el procedimiento para informarle sobre el progreso de su hijo en el logro de tales metas. [34 C.F.R. Secs. 300.320(a)(2) & (3); Cal. Ed. Code Secs. 56345(a)(2) & (3)].

Los padres deben asegurarse de que las metas y los servicios requeridos se escriban de manera específica en el IEP y no incluyan condiciones de rangos o períodos inapropiados. Un enunciado como el siguiente: Los “alumnos recibirán terapia del habla entre una y tres veces por semana” o “hasta tres veces por semana” les otorga a los alumnos el derecho de recibir la terapia del habla al menos una vez por semana. De manera similar, un enunciado como el siguiente: El “alumno demostrará hasta tres de las capacidades pretendidas para el 1 de junio” significa que el alumno cumplirá las metas siempre y cuando pueda demostrar una, o quizás ninguna, de las tres capacidades pretendidas.