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(4.19) ¿Qué debo incluir por escrito en el IEP?

(4.19) ¿Qué debo incluir por escrito en el IEP?

El IEP de cada alumno debe incluir;

(1) Los niveles actuales del desempeño educativo, incluida la manera como la discapacidad del alumno afecta su entorno y progreso en el programa de estudios general (en el caso de los alumnos preescolares, los niveles actuales deben incluir la manera como la discapacidad afecta la participación del niño en actividades adecuadas según su edad);

 (2) Una declaración de las metas anuales mensurables relacionadas con:

a. Satisfacer cada una de las necesidades educativas del alumno que resulten de la discapacidad; y

b. Satisfacer las necesidades del alumno que resultan de su discapacidad para permitirle participar y progresar en el plan de estudios general.

En el caso de los alumnos que realizan evaluaciones alternativas relacionadas con los estándares de logros alternativos, también se deben incluir la descripción de los puntos de referencia mensurables o los objetivos a corto plazo:

(1) una descripción de cómo se medirá el progreso del alumno en miras a alcanzar sus metas anuales y cuándo se proporcionarán los informes sobre los progresos periódicos (por ejemplo, trimestrales o al mismo tiempo que se emiten las boletas de calificaciones);

(2) una declaración de la educación especial específica y los servicios relacionados (por ejemplo, educación física, educación profesional, año escolar extendido, instrucciones en áreas académicas o perceptivas, calificaciones de los maestros, tamaño de la clase) y los servicios y las asistencias complementarias. (asistencia mediante instrucciones, personas que tomen notas, utilización de la sala de recursos, tiempo adicional para las pruebas, etc.) que deben proporcionarse.

La educación y los servicios especiales deben basarse en investigaciones revisadas por pares en la medida de lo posible. El IEP debe también contener una declaración sobre las modificaciones del programa o las asistencias para el personal de la escuela que se proporcionarán para permitir que el alumno: (i) progrese adecuadamente en miras a alcanzar sus metas anuales; (ii) participe y progrese en el programa de estudios general y en actividades extracurriculares y otras de tipo no académicas; y (iii) reciba educación y participe con otros alumnos con y sin discapacidades (por ejemplo, las modificaciones al programa regular de clases, uso de los dispositivos asistidos por computadora, capacitación en educación especial para el maestro, etc.);

(3) una explicación de las ocasiones, si las hubiere, en las que el alumno no participará con aquellos alumnos que no tienen una discapacidad en las clases de educación regular o en actividades extracurriculares y otras de tipo no académico;

(4) la fecha estipulada para el inicio de los servicios y modificaciones y su duración, frecuencia y ubicación (por ejemplo, terapia ocupacional dos veces por semana, en sesiones de 45 minutos, en una habitación diferente al aula);

(5) una declaración de las modificaciones y colocaciones individuales en la administración de las evaluaciones del estado o del distrito sobre los progresos del alumno que son necesarios a los fines de que participe en la evaluación, incluida la razón por la que no puede participar en las evaluaciones regulares y por la que la evaluación alternativa seleccionada es la más apropiada;

(6) una descripción del tipo de colocación necesaria para implementar el IEP en el ambiente menos restrictivo con un auxiliar personalizado u otras adaptaciones si fuera necesario (el distrito escolar debe asegurar que se encuentre disponible un “espectro de colocaciones alternativas”, incluidas las instrucciones en las clases regulares, clases especiales, escuelas privadas, escuelas estatales especiales, colocaciones en residencias, instrucción en el hogar e instrucción en hospitales e instituciones);

(7) una descripción de las actividades necesarias para integrar al alumno en las clases de educación regular si fuera transferido desde una clase o centro especial, o una escuela privada para cualquier momento del día escolar y el apoyo necesario para dicha transición. Esta descripción indicará la naturaleza de la actividad y el tiempo invertido en las actividades de cada día o semana;

(8) en el primer IEP, luego de que alumno cumpla 16 años de edad, si no antes, se deben establecer las metas mensurables apropiadas para la vida del alumno después de la secundaria. Estas metas (las cuales se actualizan anualmente) deben estar basadas en evaluaciones apropiadas para la edad, en lo relativo a la capacitación, educación, empleo y, cuando fuera conveniente, las habilidades de vida independiente y los servicios de transición necesarios para asistir al alumno en el logro de tales metas;

(9) servicios para el año escolar extendido, cuando fuera necesario; y

(10) un año antes de que el alumno cumpla 18 años, incluir una declaración en la que conste que el alumno fue informado de que sus derechos de la educación especial serán transferidos al alumno al cumplir 18 años. [20 U.S.C. Sec. 1414(d); 34 C.F.R. Secs. 300.116 & 300.320; 5 C.C.R. Sec. 3042(b); Cal. Ed. Code Sec. 56345].

Es importante comprender que los componentes principales del IEP deben relacionarse entre sí. La ley estatal requiere que cada IEP muestre una relación directa entre los niveles de rendimiento actuales, las metas y los objetivos, y los servicios educativos específicos que deben proporcionarse. [5 C.C.R. Sec. 3040(b)]. En otras palabras, las metas anuales deben redactarse en función de cómo se desempeña actualmente el alumno en la escuela y los servicios educativos deben ser suficientes para que el alumno progrese y alcance las metas anuales.