La colocación del programa debe determinarse sobre la base de las necesidades de su hijo según se describe en su IEP. [34 C.F.R. Secs. 300.39, 300.116(b)(2) & 300.320(a)(4)]. La intención de la ley es que el programa se base en las necesidades particulares de su hijo, más que en los programas disponibles en el distrito escolar. Si no existe un programa que satisfaga las necesidades particulares del niño, el distrito escolar debe garantizar un programa (por ejemplo, la modificación de un programa actual, procurar la trasferencia interdistrital o pagar una colocación en una escuela privada, según fuera apropiado).