La ley federal exige que el distrito escolar garantice a los padres de un alumno con discapacidad la posibilidad de ser miembros de cualquier grupo que tome decisiones sobre la colocación educativa de sus hijos. [34 C.F.R. Sec. 300.327]. Esto incluye las decisiones sobre ambas categorías de colocaciones generales (educación general, programa de especialistas en recursos, clase de día especial, escuelas privadas, etc.) Y las tareas en el ámbito de la escuela. Puede asistir a cualquier reunión en la que se discuta sobre la colocación. También tiene el derecho de obtener toda la información específica posible acerca de las colocaciones recomendadas durante su reunión del IEP y visitar y observar la colocación propuesta, si eso fuera posible.
Algunos distritos escolares indican qué escuela y/o aula en particular recomiendan y describen tales sitios. Otros distritos recomiendan las categorías de colocación general en la reunión del IEP (por ejemplo, los especialistas en recursos, clase de día especial) y luego, las tareas de clase específicas que siguen a la reunión. En cualquier caso, debe recordar a su equipo del IEP sobre su derecho a estar presente en cualquier reunión donde se determine la colocación educativa de su hijo. [20 U.S.C. Sec. 1414(e), 34 C.F.R. Secs. 300.327 & 300.501(c); Cal. Ed. Code Secs. 56304 & 56342.5].