Sí. El IEP de un alumno con discapacidad debe incluir todos los servicios de educación especial específica y servicios relacionados que el niño necesite según lo establecido en el plan del IEP. [34 C.F.R. Sec. 300.39; Cal. Ed. Code Sec. 56031]. Esto significa que los servicios deben estar incluidos en el IEP incluso si no están directamente disponibles en el distrito, sino que deben proporcionarse a través de un contrato u otros arreglos.
El IEP también debe establecer la descripción y cantidad de educación especial y la frecuencia, duración y ubicación de los servicios relacionados y modificaciones, de manera que el compromiso de recursos que asume el distrito sea claro para el equipo del IEP. La cantidad de tiempo que debe emplearse en cada uno de los diferentes servicios debe ser (1) apropiada para dicho servicio específico y (2) establecida de manera que sea clara para todos los involucrados en el desarrollo y la implementación del IEP. No se pueden hacer cambios en la cantidad de servicios sin tener otra reunión del IEP, salvo que los padres y el distrito convengan realizar la reunión por teléfono o mediante videoconferencia. [34 C.F.R. Secs. 300.320, 300.322, 300.324(a)(4)(i) & 300.328; Cal. Ed. Code Sec. 56341.5].