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(4.37) ¿Puedo consentir solamente a una parte del IEP?

(4.37) ¿Puedo consentir solamente a una parte del IEP?

Sí. Puede dar su consentimiento a las recomendaciones del IEP con las cuales está de acuerdo, de manera que tales servicios o colocación se puedan implementar tan pronto como sea posible. Si no está de acuerdo con ciertas partes del IEP, las mismas no se podrán implementar y pueden ser cuestiones a resolver en los procedimientos de debido proceso. Puede adjuntar un disenso por escrito en el documento del IEP para dejar en claro su postura. [Cal. Ed. Code Sec. 56346].

Si el distrito determina que las recomendaciones del IEP propuesto, con las cuales no está de acuerdo, son necesarias para proporcionar la FAPE, deberá iniciar un procedimiento de debido proceso. Mientras que el debido proceso esté pendiente de resolución, su hijo deberá permanecer en la colocación actual hasta que el asunto se resuelva, a menos que el distrito y usted convengan algo diferente. [Cal. Ed. Code Sec. 56346(f)]. Consulte el capítulo 6, Información sobre el debido proceso y los procedimientos de cumplimiento.