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(4.29) ¿Qué puedo hacer si el maestro de mi hijo (u otro personal del servicio directo) dice que temen sufrir represalias por decir algo en una reunión del IEP que esté en conflicto con la posición del administrador?

(4.29) ¿Qué puedo hacer si el maestro de mi hijo (u otro personal del servicio directo) dice que temen sufrir represalias por decir algo en una reunión del IEP que esté en conflicto con la posición del administrador?

Ningún empleado del distrito puede, directa o indirectamente, utilizar o intentar utilizar su autoridad o influencia para intimidar, amenazar, coaccionar a cualquier persona, incluidos, entre otros, maestros, proveedores de servicios relacionados, paraprofesionales, asistentes, contratistas o subordinados, con la finalidad de interferir con los esfuerzos de las personas en asistir a los padres o al tutor de un alumno de educación especial para obtener servicios o colocaciones adecuadas para tal alumno. [Cal. Ed. Code Sec. 56046(a)]. Si un maestro u otro empleado del distrito cree que un administrador u otro empleado del distrito ha violado esta prohibición, podrá presentar una queja ante el Departamento de Educación del Estado y solicitarle que realice una investigación. [Cal. Ed. Code Sec. 56046(b)]. Consulte el capítulo 6, Información sobre el debido proceso y los procedimientos de cumplimiento.