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(4.20) ¿Hay otros servicios o factores especiales que deban considerarse e incluirse en un IEP, si fuera apropiado para un alumno?

(4.20) ¿Hay otros servicios o factores especiales que deban considerarse e incluirse en un IEP, si fuera apropiado para un alumno?

Sí. El equipo del IEP debe considerar, cuando fuera adecuado:

(1) estrategias, incluidas las intervenciones conductuales positivas y los apoyos para abordar la conducta de un alumno cuyo comportamiento impide su aprendizaje o el de otros;

(2) la instrucción y uso del sistema Braille, en el caso de que el alumno sea ciego o tenga dificultades auditivas, salvo que el equipo del IEP determine, tras evaluar sus habilidades de lectura y escritura, necesidades y medios adecuados de lectura y escritura disponibles, que esto no es conveniente;

(3) las necesidades de comunicación, y en el caso de un alumno sordo o con dificultades auditivas, tener en cuenta sus necesidades lingüísticas y de comunicación, las oportunidades de comunicarse de forma directa con sus pares y personal profesional en el idioma y modo de comunicación del alumno, nivel académico, y el rango completo de sus necesidades, incluidas las oportunidades de recibir una instrucción de forma directa en su idioma y modo de comunicación.

(4) la posibilidad de que el alumno necesite de dispositivos y servicios de tecnología asistencial;

(5) cualquier medio y modo alternativo que necesarios para que el alumno entre los grados 7-12 complete el curso de estudio del distrito y alcance los estándares de competencia requeridos para la graduación;

(6) metas, objetivos, programas y servicios lingüísticamente apropiados para un alumno cuya lengua materna no es el inglés (o que es un estudiante de inglés);

(7) servicios, materiales y equipos especializados para un alumno con discapacidades de baja incidencia. [20 U.S.C. Sec. 1414(d)(3)(B), 34 C.F.R. Secs. 300.320 & 300.324, Cal. Ed. Code Secs. 56341.1, 56345 & 56345.1].